ACUERDO MINISTERIAL  238-2022

Reformas al Acuerdo Ministerial número 158-2022 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 11 de mayo de 2022, que contiene el sistema de alertas sanitarias y disposiciones sanitarias para la apertura a la nueva normalidad.

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 238-2022

Guatemala, 6 de octubre de 2022

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado quien tendrá entre otras, las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio, así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio.

CONSIDERANDO

Que el Código de Salud establece que corresponde al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la rectoría del Sector Salud, entendida esta como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional, y que para cumplir con las funciones anteriores, tiene las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; y en caso de epidemia, conjuntamente con las demás instituciones del Sector y otros sectores involucrados, deberá emitir las normas y procedimientos para proteger a la población, en virtud de lo cual fue emitido el Acuerdo Ministerial Número 158-2022 de esta Cartera, de fecha 11 de mayo de 2022 a través del cual se estableció el Sistema de Alertas Sanitarias y las Disposiciones Sanitarias para la Apertura a la Nueva Normalidad, sin embargo, derivado del tiempo transcurrido desde el inicio de la pandemia, avances en la vacunación y disminución de la letalidad de la enfermedad, deviene necesario ajustar las mismas, por lo que es indispensable la emisión del presente instrumento legal, el cual es de estricto interés del Estado.

POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 9 literal a) del Decreto Número 90-97, Código de Salud, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA

Las siguientes:

REFORMAS AL ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 158-2022 DEL MINISTERIO DE SALUD
PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, DE FECHA 11 DE MAYO DE 2022, QUE CONTIENE EL
SISTEMA DE ALERTAS SANITARIAS Y DISPOSICIONES SANITARIAS PARA LA APERTURA
A LA NUEVA NORMALIDAD

 
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