ACUERDO GUBERNATIVO 236-2022
Se acuerda aprobar la ampliación al presupuesto general de ingresos y egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2022.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 236-2022
Guatemala, 16 de septiembre de 2022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Congreso de la República de Guatemala por medio del Decreto Número 25-2022 Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, reformado por el Decreto Número 43-2022, aprobó ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, financiado con la disminución de caja y bancos de recursos del tesoro, así como de los saldos de caja autorizados en los Decretos Números 13-2020 y 1-2021, ambos del Congreso de la República de Guatemala; facultando al Organismo Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Finanzas Públicas, gestione para su aprobación, por medio de Acuerdo Gubernativo, la distribución analítica de la ampliación presupuestaria de ingresos y egresos.
CONSIDERANDO
Que la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas, a requerimiento del Instituto Nacional de Electrificación (INDE), solicita autorización para ampliar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, en la Entidad Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro, con el propósito de viabilizar lo aprobado mediante el Decreto Número 25-2022 Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, reformado por el Decreto Número 43-2022, ambos del Congreso de la República de Guatemala. En consecuencia, conforme lo establece el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, en los artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización del gasto y las autoridades superiores de las entidades involucradas, son autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado y la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.
CONSIDERANDO
Que es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado mencionada, en virtud que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 305 de fecha 09 SEP 2022, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 255-2022 de fecha 12 SEP, 2022, del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literales e) y q); y conforme lo establece el Decreto Número 25-2022 Ley de Fortalecimiento al Aporte Social de la Tarifa Eléctrica, reformado por el Decreto Número 43-2022, ambos del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
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