ACTA MUNICIPAL 047-2022.3
Se acuerda aprobar la ampliación y modificación del Plan de tasas municipales, del Municipio de Raxruhá.
ACTA NÚMERO 047-2022 PUNTO TERCERO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE RAXRUHÁ DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas del Concejo Municipal autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en donde se encuentra el acta número cero cuarenta y siete guion dos mil veintidós (047-2022) de fecha veintiocho de junio del año dos mil veintidós (28/06/2022), en el punto TERCERO, que copiado literalmente dice:
TERCERO: APROBACIÓN DE AMPUACION Y MODIFICACION DEL PLAN DE TASAS ADMINISTRATIVAS, DE SERVICIOS, RENTAS, FRUTOS, MULTAS Y RECARGOS, ENTRE OTRAS DE LA MUNICIPALIDAD DE RAXRUHÁ, ALTA VERAPAZ. El pleno del Concejo Municipal, entra a revisión y actualización de las tasas, rentas, Servicios multas, entre otros, que actualmente rigen a la Municipalidad, sin embargo, es necesario que se modifiquen algunas tarifas, derivado a la situación actual y el alto costo que ha incrementado a nivel nacional; por lo cual es necesario establecer una nueva tabla que identifique a la mayoría de las tasas municipales que se modificaran y aplicarán a partir de la publicación de estas en el Diario Oficial, tal como lo establece los procesos en ley, por lo tanto el señor Alcalde Municipal, somete a consideración, discusión, análisis y aprobación del pleno la Ampliación y Modificación de las TASAS, RENTAS, SERVICIOS, MULTAS, ENTRE OTROS para su aplicación con el objeto de dar cumplimiento a los fines que le son inherentes. Considerando que la Municipalidad por su autonomía, le corresponde la administración de sus intereses, obtener y disponer de sus recursos patrimoniales, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial, el fortalecimiento económico, y que el pleno determine el cobro de tasas, rentas, servicios y registros de forma equitativa y justa, fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de los servicios. El Honorable Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que, dentro de las competencias generales de este cuerpo colegiado, le corresponde la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales y por ende la emisión y aprobación de los Acuerdos Municipales, además de lo que establece el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que los municipios, son instituciones autónomas, y entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines, para lo cual emitirán sus reglamentos y ordenanzas respectivas. Así mismo el artículo 72 del Código Municipal establece que "el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios". CONSIDERANDO: Que el Plan de Tasas del Municipio de Raxruhá y sus ampliaciones, muchos de los valores ya se encuentran obsoletos y no alcanzan a la Municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 2, 3, 5, 6, 7, 33, 35 incisos a) e i); párrafo segundo 42, 68, 72, 100, 101 y 107 del Decreto 12-2002, Código Municipal, por lo que, al resolver, en unanimidad de sus miembros, ACUERDAN:
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