ACUERDO  351-2022

Se acuerda rectificar el segundo considerando del Acuerdo Número 332-2022, emitido con fecha 3 agosto del 2022.


ACUERDO NÚMERO 351-2022


EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL


CONSIDERANDO:

Que al Tribunal Supremo Electoral, de conformidad con el artículo 196 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto No. 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas), le corresponde dictar el Decreto de Convocatoria a Elecciones Generales y Diputados al Parlamento Centroamericano, la segunda o tercera semana del mes de enero del año en el que se celebren dichas elecciones;


CONSIDERANDO:

Que se emitió el Acuerdo No. 332-2022, por el cual se DISPUSO que la PROYECCIÓN TOTAL DE POBLACIÓN DEL AÑO 2022 (17,357,886 guatemaltecos) proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística -INE-, se tome como base del dato poblacional en las Elecciones Generales 2023 a nivel nacional, para elegir síndicos y concejales, titulares y suplentes de cada corporación municipal, conforme cuadro comparativo que forma parte de esa disposición, habiéndose incurrido en error en el segundo considerando de dicho Acuerdo, por lo que debe emitirse la disposición que corresponde;


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en los artículos: el citado, 1, 121, 122, 125, 128, 129, 130, 131, 132, 142 y 144 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas);


ACUERDA:

 
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