ACTA MUNICIPAL 39-2022.6
Reglamento para la prestación de servicio de transporte de pasajeros y carga en el Municipio De San Francisco La Unión.
ACTA NÚMERO 39-2022 PUNTO SEXTO
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO LA UNION DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO, CERTIFICA: PARA EL EFECTO, TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2022, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO: 39-2022 DE FECHA DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS; EN DONDE APARECE EL PUNTO "SEXTO" QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:
SEXTO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN FRANCISCO LA UNION. DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos
CONSIDERANDO:
Que el artículo 68 del Código Municipal reformado por el artículo 14 Decreto 22-2010 Reformas al Código Municipal establece en su literal c) que es una competencia propia del municipio la regulación del transporte de pasajeros y carga y sus terminales locales.
CONSIDERANDO:
Que para garantizar a los vecinos del Municipio de San Francisco La Unión una eficiente prestación del servicio de transporte de pasajeros y de carga, así como sus terminales es indispensable contar con un reglamento de prestación de dicho servicio
POR TANTO:
El honorable Concejo Municipal, con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 11, 35 literal b) e i) y 68 literal c) del Código Municipal
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA EN EL MUNICIPIO DE SAN FRANCISO LA UNION
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