DECRETO DEL CONGRESO  38-2022

Se acuerda completar la integración de la Corte de Constitucionalidad para el período constitucional 2021-2026, con el magistrado titular, abogado Héctor Hugo Pérez Aguilera.


DECRETO NÚMERO 38-2022


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Qué, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 269 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Corte de Constitucionalidad se integra con cinco magistrados titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente, designados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, el Pleno del Congreso de la República, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala y la Asamblea del Colegio de Abogados.


CONSIDERANDO:

Que en el artículo 156 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Decreto Número 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente, se establece que las designaciones de magistrados por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala y por la Asamblea del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala podrán ser impugnadas conforme a la ley, pero mientras se resuelven las impugnaciones continuarán actuando los magistrados titulares y suplentes que deben ser sustituidos.


CONSIDERANDO:

Que el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, en cumplimiento de las normas constitucionales y las contenidas en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, efectuó la designación del profesional que ocupará el cargo de magistrado titular en la Corte de Constitucionalidad, de conformidad con el procedimiento establecido en la sentencia de fecha veintinueve de marzo de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Constitucionalidad en los expedientes acumulados 3890-2021 y 4220-2021 de acciones de amparo en única instancia, así como auto de fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, resolución de recursos de aclaración y ampliación formulados por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que el veintinueve de junio de dos mil veintidós, la Secretaría General del Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, informó que no hay recursos pendientes de resolver sobre el tema y en concordancia con lo preceptuado en el artículo 2 del Decreto Número 3-2021 del Congreso de la República, emitido el veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, al recibirse la comunicación del Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, el Congreso de la República emitirá el Decreto que integre al profesional del derecho designado como magistrado titular, luego de la conclusión de los procesos de impugnación que fueron planteados; por lo que al haberse recibido la notificación respectiva, es procedente emitir la disposición correspondiente para integrar a la Corte de Constitucionalidad al magistrado designado por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala, y convocarlo para prestar juramento de fidelidad a la Constitución Política de la República de Guatemala ante el Congreso de la República.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 171 literal a) y 269 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 150, 155, 156 y 157 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, Decreto Número 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente y 2 del Decreto Número 3-2021 del Congreso de la República,


DECRETA:

 
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