ACUERDO  21-2022

Se acuerda modificar el artículo 4 del Acuerdo 47-2002 de la Corte Suprema de Justicia.


ACUERDO NÚMERO 21-2022


CONSIDERANDO

Que es atribución de la Corte Suprema de Justicia ser el órgano superior de la administración del Organismo Judicial, así como establecer tasas y tarifas de los servicios administrativos que se prestaren, así como velar por la administración e inversión de dichos fondos.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo número 47-2002 de la Corte Suprema de Justicia se estableció entre otras tarifas, que por constancia de estado de cuenta extendido a los trabajadores del Organismo Judicial se cobrará veinticinco quetzales (Q25.00) sin excepción alguna, monto que debe ser depositado en la Tesorería del Organismo Judicial, con el fin de incluirlo en el expediente de devolución de retenciones judiciales; en virtud de lo anterior, se considera necesario realizar una adecuación de dicho Acuerdo para exonerar el pago a los empleados de esta institución favoreciendo su economía.


POR TANTO

La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literales a) y f) , 57, 58, 74 y 77 de la Ley del Organismo Judicial; Opinión Consultiva emitida por la Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del Expediente cinco mil cuatrocientos setenta y siete guion dos mil diecinueve (5477-2019); y, Acta número 50-2021, del doce de octubre de dos mil veintiuno, de la Corte Suprema de Justicia, integrada como corresponde,


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,153 veces.
  • Ficha Técnica: 24 veces.
  • Imagen Digital: 24 veces.
  • Texto: 18 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu