ACTA MUNICIPAL 37-2022.8
Se acuerda aprobar el presente Reglamento por medio del cual se otorga a los empleados municipales de la Municipalidad de Chiquimula, el bono para trabajadores municipales que ostentan el Grado Académico de Licenciatura a nivel Universitario.
ACTA NÚMERO 37-2022
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CHIQUIMULA, DEL DEPARTAMENTO DE CHIQUIMULA.
CERTIFICA:
Que para el efecto ha tenido a la vista el libro de Hojas Móviles de Actas Ordinarias y Extraordinarias de las Sesiones del Concejo Municipal, en donde se encuentra la que copiada en su parte conducente dice:
"ACTA NÚMERO: 37-2022. Sesión Pública Extraordinaria celebrada, en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal del municipio de Chiquimula, del Departamento de Chiquimula, el día jueves doce de mayo del dos mil veintidós, siendo las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos, presidida por el señor Rolando Arturo Aquino Guerra en su calidad de Alcalde Municipal y Presidente del Concejo Municipal, contando con la asistencia del Sindico Segundo Licenciado Hugo René Díaz García, Concejal Primero Profesor de Enseñanza Media Alfredo Franklin Moscoso Caminade, Concejal Segundo Bachiller Neri Manrique Brenes Carrera, Concejal Tercero Licenciada en Trabajo Social Rosa del Carmen Albanéz Noquera de Cordón, Concejal Cuarto MEPU. Gustavo Adolfo Medrano Acevedo, Concejal Quinto Doctor Ronaldo Armando Retana Albanés, Concejal Sexto MEPU. Jeyner Emmanuel Lemus Osorio, contando con la presencia del Secretario Municipal Br. Rubén Obdulio Maldonado González, se procede de la manera siguiente: OCTAVO: El Señor Alcalde Municipal Rolando Arturo Aquino Guerra, da a conocer el proyecto del Reglamento que copiado literalmente dice: "MUNICIPALIDAD DE CHIQUIMULA, CHIQUIMULA, BICENTENARIA.
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BONO PARA TRABAJADORES
MUNICIPALES DE CHIQUIMULA, QUE OSTENTAN EL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIATURA A
NIVEL UNIVERSITARIO.
LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CHIQUIMULA.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce y establece el nivel de Gobierno Municipal, con autoridades electas directa y popularmente, lo que implica el régimen autónomo de su administración, como expresión fundamental del poder local, y que la administración pública será descentralizada, lo que hace necesario dar una mejor definición y organización al régimen municipal respaldando la autonomía que la Carta Magna consagra, para que en el marco de esta se promueva su desarrollo integral y el cumplimiento de sus fines.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 262 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que las relaciones laborales de los funcionarios y empleados de las municipalidades se normarán por Ley de Servicio Municipal, debiendo emitirse las normas adecuadas y específicas que garanticen el cumplimiento de sus fines inherentes a las competencias asignadas a las Municipalidades.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario emitir las normativas y disposiciones orientadas a estimular y promover la calidad profesional y el desempeño laboral de los empleados de la Municipalidad de Chiquimula.
POR TANTO
En el ejercicio de la función municipal que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículos 80 y 81 del Código Municipal:
ACUERDA:
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