ACTA MUNICIPAL  01-2021.13

Se acuerda aprobar la modificación del artículo 25 del Reglamento interno del Parque Nacional Pacaya y Laguna de Calderas.


ACTA NÚMERO 01-2021 PUNTO DÉCIMO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE PACAYA, DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.


CERTIFICA

Que para el efecto he tenido a la vista el libro de Actas de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Municipal del municipio de San Vicente Pacaya del departamento de Escuintla, en donde se encuentra el Acta número cero uno guion dos mil veintiuno (01-2021|), de sesión pública ordinaria, celebrada el día cinco de enero de dos mil veintiuno, en el cual se aprobó el punto DECIMO TERCERO que, copiado literalmente, en su parte conducente dice: DECIMO TERCERO: El Honorable Concejo Municipal en virtud que se hace necesario actualizar las tarifas al Parque Nacional Volcán Pacaya y Laguna Calderas, toda vez que a la presente fecha han transcurrido más de diez años; y dado de las distintas reuniones sostenidas con las instituciones que integran la coadministración del parque antes mencionado, en cumplimiento de lo regulado en el artículo 52 del Reglamento Interno del Parque Nacional Volcán Pacaya y Laguna de Calderas, que establece: Modificaciones o Ampliaciones. Cualquier modificación o ampliación al presente reglamento se hará en consenso entre el Consejo de la Coadministración y el Honorable Concejo Municipal y será publicada en el Diario Oficial. Habiendo llegado al consenso debido con las instituciones de la coadministración se determinó hacer el aumento a dichas tarifas. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 35 del Decreto número doce guion dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas, Atribuciones Generales del Concejo Municipal, que en su literal i) establece: La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos, ordenanzas municipales... POR TANTO: Con fundamento en lo considerado, y en lo que preceptúan los artículos precitados y los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 3,6,7,9,33,35,99,100 del Decreto número doce guion dos mil dos (12-2002) del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas, y otras leyes aplicables. El Honorable Concejo Municipal después de una amplia deliberación por decisión UNANIME DE SUS VOTOS, ACUERDA:

 
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