ACUERDO 38-2020
Se acuerda organizar y transformar en Pluripersonal, los Juzgados de Primera Instancia Civil, de esta ciudad capital, se adiciona un juez o jueza más, quien tendrá igual competencia que el juez o jueza existente.
ACUERDO NÚMERO 38-2020
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos Jurisdiccionales creados y distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República, la justicia la seguridad y la paz. Que para el cumplimiento de estos deberes los ciudadanos deben tener acceso a órganos jurisdiccionales que por su jerarquía y ubicación geográfica tengan competencia para resolver sus pretensiones jurídicas.
CONSIDERANDO
Que la carga de trabajo y el incremento de los procesos en la mayoría de los Juzgados de Primera Instancia Civil de esta ciudad capital, hace necesario la transformación de dichos órganos jurisdiccionales a pluripersonales, para atender el alto número de casos y garantizar una justicia pronta y cumplida.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205, 207, 209 y 214 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 25 y 26 del Código Procesal Civil; y, 52, 53, 54 literal a) y f), 57, 58, 62, 77, 94, 95 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala; así como la Opinión Consultiva emitida por la Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del expediente cinco mil cuatrocientos setenta y siete guion dos mil diecinueve (5477-2019); y el Acta número cuarenta y cinco guion dos mil diecinueve (45-2019) de la Corte Suprema de Justicia, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,
ACUERDA
LA ORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN A PLURIPERSONAL DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, DE ESTA CIUDAD CAPITAL, IDENTIFICADOS COMO JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL, JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL.
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