ACTA MUNICIPAL 048-2021-L-007-HM.8
Reglamento para la administración del mercado municipal del Municipio de Jalpatagua, Departamento de Jutiapa.
ACTA NÚMERO 048-2021-L-007-HM
PUNTO OCTAVO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JALPATAGUA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS NÚMERO 07-HM DE REGISTRO 11,656 EN EL CUAL SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NÚMERO 048-2021-L-007-HM DE FECHA TRES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, QUE CONTIENE EL PUNTO RESOLUTIVO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:
OCTAVO: El señor Alcalde Municipal, Gustavo Adolfo Recinos Corea, expone ante el Honorable Concejo Municipal; que para la mejor administración de las diferentes competencias de la Municipalidad, establecidas en el Código Municipal, es necesario contar con los instrumentos jurídicos legales, que permitan realizar dicha actividad dentro del margen de la legalidad y con el ánimo de lograr el beneficio de los administrados; en tal sentido somete a consideración el siguiente Reglamento; Para la Administración del Mercado del Municipio de Jalpatagua, del Departamento de Jutiapa; para su conocimiento y aprobación. El Honorable Concejo Municipal procede a conocer, discutir y analizar y por unanimidad. ACUERDA: a) APROBAR: El Reglamento Para la Administración del Mercado del Municipio de Jalpatagua, del Departamento de Jutiapa.
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
JALPATAGUA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.
TÍTULO
EL CONCEJO MUNICIPAL DE JALPATAGUA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 68 del código Municipal establece en su literal a) que es una competencia propia del municipio la prestación del servicio de mercados; y que el artículo 72 establece que es competencia de la municipalidad regular los servicios que presta.
CONSIDERANDO:
Que, en el Municipio de Jalpatagua, departamento de Jutiapa se cuenta con un mercado municipal, asi como lugares establecidos para piso de plaza y que para poder prestar un buen servicio a los vecinos es necesario contar con un reglamento que regule su uso y el arrendamiento de los mismos, el cual es de observancia general, para todos los habitantes del municipio.
POR TANTO:
El Concejo Municipal, con base en lo considerado y en uso de las facultades que le confieren los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y de lo que para el efecto establecen los artículo 35 literal a), e), i) y n); 42, 68 literal a) y 72 del Código Municipal, por unanimidad.
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE
JALPATAGUA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA.
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENEARLES
- Buscado: 1,560 veces.
- Ficha Técnica: 6 veces.
- Imagen Digital: 6 veces.
- Texto: 4 veces.
- Formato PDF: 1 veces.
- Formato Word: 2 veces.