ACTA MUNICIPAL  048-2021.4

Se acuerda aprobar que a partir del mes de noviembre del 2021, es la Municipalidad de San Jorge, el ente responsable de administrar y darle mantenimiento al servicio de agua entubada del pozo denominado "Las Ardillas" de la Aldea San Juan.


ACTA No. 048-2021 PUNTO CUARTO

La Infrascrita Secretaria Municipal de la Municipalidad de San Jorge, del departamento de Zacapa, CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el libro de Actas del Concejo Municipal, donde se encuentra el Acta No. 048-2021 de la Sesión Ordinaria celebrada el Viernes Veintidós de Octubre del Año Dos Mil Veintiuno, que copiada literalmente en su punto CUARTO dice:

CUARTO: Se entra a conocer la SOLICITUD COCODE-002-2021/EOFF-katc presentada por el Alcalde Comunitario del Consejo Comunitario de Desarrollo de la Aldea San Juan en donde se adjunta copia del Acta No. 009-2021 levantada en asamblea de vecinos el veinticuatro de septiembre de dos mil veintiuno, en relación a que la Municipalidad de San Jorge, Zacapa acepte la administración del servicio de agua domiciliar de la referida aldea a partir del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.

CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce al municipio como una institución autónoma; y establece que entre otras funciones le corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, facultándolo para emitir las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que el Código Municipal regula, que las competencias propias deberán cumplirse por el municipio; y que dentro de las mismas se encuentra el abastecimiento domiciliar de agua; CONSIDERANDO: Que en los Puntos Segundo y Tercero del Acta No. 009-2021 de fecha 24 de septiembre de 2021, los miembros del Consejo Comunitario y vecinos de la Aldea San Juan, acordaron que sea la Municipalidad de San Jorge la que administre el servicio de agua entubada domiciliar, y que sea el Concejo Municipal que apruebe la tasa mensual por la prestación de dicho servicio; CONSIDERANDO: Que el servicio de agua entubada en la Aldea San Juan, jurisdicción territorial del municipio de San Jorge, es sumamente importante para la salud de los habitantes de la referida comunidad; CONSIDERANDO: Que dentro de las atribuciones del Concejo Municipal, está el establecimiento de los servicios públicos municipales, así como las modalidades institucionales para su prestación, la emisión de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales; y la fijación de tasas para servicios públicos; POR TANTO: Con base a lo considerado y lo regulado en los artículos; 253, 254, 255 de la Constitución Política de la República; y artículos 1, 3, 9,17, 33, 35 literales e), i) y j), 68 literal a), 73 y 100 del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002, del Congreso de la República; El Honorable Concejo Municipal, luego de deliberaciones correspondientes, por unanimidad de VOTO de los miembros que lo integran: ACUERDAN:

 
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