ACUERDO MINISTERIAL  215-2021

Aprobar la recategorización del servicio de salud que se presta en el Municipio de San Andrés Semetabaj, Departamento de Sololá, el cual tiene categoría de Puesto de Salud y por el presente Acuerdo Ministerial se le otorga la categoría de Centro de Salud.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 215-2021

Guatemala, 29 de octubre de 2021


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que, el Estado velará por la salud de todos los habitantes, desarrollando a través de sus Instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social y, que cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado quien tendrá entre otras, las funciones de ejercer jurisdicción sobre las dependencias de su Ministerio y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, establece que, además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen entre otras, las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, asi como la administración de los recursos financieros, humanos, y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionados con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme a la ley.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Salud, preceptúa que, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tiene a su cargo la rectoría del sector salud, entendida esta rectoría como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional y tiene la función de formular, organizar, dirigir la ejecución de proyectos para la entrega de servicios de salud a la población, teniendo para tal efecto las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones del servicio, competen al ejercicio de su función; y que la organización y administración de los programas y servicios de promoción, prevención, recuperación, rehabilitación de la salud, debe ser desconcentrada y descentralizada según las necesidades de la población y procesos de modernización administrativa del sector.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Acuerdo Ministerial Número 20-2016 de fecha once (11) de enero de dos mil dieciséis (2016) se aprobó la Normativa para la Categorización y Habilitación de la Red de Servicios Públicos de Salud, con el objeto de unificar y ordenar los requisitos que deben contener cada uno de los establecimientos de salud, en los distintos niveles de atención, de acuerdo al tipo de servicio de salud que preste; y siendo el caso que el Puesto de Salud del municipio de San Andrés Semetabaj, del departamento de Sololá, actualmente está funcionando en instalaciones aptas para brindar un tipo de servicio con categoría de Centro de Salud, deviene necesario recategorizar dicho Puesto de Salud, a Centro de Salud, por lo que es procedente emitir el presente instrumento legal el cual es de estricto Interés del Estado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Articulo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 93, 94 y 95 de ese mismo cuerpo legal; 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 9 literal a) y 11 del Decreto Numero 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala; 54, 55, 56, 58 y 72 del Acuerdo Gubernativo Número 115-99 del Presidente de la República de Guatemala, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; y, 1 del Acuerdo Ministerial Número 20-2016 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de fecha 11 de enero de 2016.


ACUERDA

 
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