ACTA MUNICIPAL  58-2021.15

Se acuerda reformar el artículo 2 del Acta 75-2020.14 de fecha 02-11-2020 de la Municipalidad de La Libertad, Departamento de Petén.


ACTA NÚMERO 58-2021
PUNTO DÉCIMO QUINTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE PETEN, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO NÚMERO CINCUENTA Y CUATRO (54) DE HOJAS MOVILES, DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE PETEN, EN DONDE APARECE ASENTADA EL PUNTO DECIMO QUINTO DEL ACTA NUMERO CINCUENTA Y OCHO GUION DOS MIL VEINTIUNO (58-2021), DE FECHA DIECISEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIUNO, DE SESION ORDINARIA, LA QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

ACTA No. 58-2021.- Sesión Pública Ordinaria celebrada por el Honorable Concejo Municipal de La Libertad, departamento de Petén, siendo las dieciséis horas con treinta minutos del día lunes dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, reunidos en el Despacho Municipal el ciudadano Gustavo Adolfo Díaz Díaz, Alcalde Municipal, quien preside la Reunión, asistido por Emérita Cruz Calderón de Veliz, Síndico Primero; Abilio Quiñonez Corado, Sindico Segundo; Amner Lemuel González Ipiña, Concejal Primero; Irlanda Aracely Calderón Urizar, Concejal Segunda; Lauro Antonio Amador Recinos, Concejal Tercero; Vicente Eulogio Hernández, Concejal Cuarto; Carlos Elias Calderón Ávila, Concejal Quinto; Asmavet Edgar de León Yoc, Concejal Sexto; Francisco Rolando Godoy Montenegro, Concejal Séptimo, así como la Licenciada Karla Zulema Batún Osorio, Secretaria Municipal, que suscribe para dejar constancia de lo siguiente:

DECIMO QUINTO: El Honorable Concejo Municipal del Municipio de La Libertad, Departamento de Petén;


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas; que les corresponde conocer y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con bases a los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos.


CONSIDERANDO:

Que mediante el PUNTO DECIMO CUARTO, del Acta No. 75-2020, asentada en el Libro No. 52B de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Concejo Municipal de La Libertad, Petén, de fecha DOS DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTE, en Sesión Ordinaria, se regula la DISPOSICIÓN MUNICIPAL REFERENTE A LA FIJACIÓN POR CONCEPTO DE RENTA, SOBRE ÁREAS DE USO COMÚN O DE USO NO COMÚN, DENTRO Y FUERA DE LAS FINCAS PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE EL PETEN, en donde en su Artículo 2. El pago lo efectuarán los interesados, en forma mensual o anual y anticipada, debiéndose formalizar mediante el Contrato respectivo suscrito entre la Municipalidad y el interesado.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 101 del Código Municipal que establece, que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico del desarrollo del Municipio y para realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria; en aplicación a tales principios es necesario tomar en cuenta que la suscripción de un contrato, limitaría a la Municipalidad, obtener renta en la ampliación de la cobertura de todas aquellas personas individuales o jurídicas que con fines de lucro prestan servicios instalando infraestructura o mobiliario urbano y rural en el área pública, por la cual se hace necesario modificar la disposición municipal, que se adapte a los principios de equidad y justicia tributaria, en beneficio de los intereses municipales.


POR LO TANTO:

Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 40, 42, 68, 100, 101, 142 al 171 del Decreto 12-2002 del Código Municipal y sus modificaciones contenidas en el Decreto 14-2012 del Congreso de la República, al deliberar y resolver, por unanimidad.


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

 
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