ACUERDO 18-2021
Se acuerda ampliar la competencia por razón de la materia al Juzgado de Primera Instancia de faltas laborales del Departamento de Guatemala.
ACUERDO NÚMERO 18-2021
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes para hacer efectivo el acceso a la justicia, el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales y distribuir la competencia por razón de la materia, de la cuantía y del territorio, con el objeto de asegurar y resguardar las necesidades de la población.
CONSIDERANDO
Que el número de escritos, solicitudes y demandas presentadas se ha incrementado considerablemente como consecuencia de la situación laboral que enfrena el país derivado de la pandemia por COVID-19. En el departamento de Guatemala, tales expedientes son conocidos inicialmente por el Juzgado Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social para la Admisión de Demandas del Departamento de Guatemala, por lo que se hace necesario dotarlo de funcionarios y auxiliares judiciales en forma temporal para cesar la mora judicial existente.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 54 incisos a) y f) , 57, 58, 77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial Decreto 2-89 del Congreso de la República; Opinión consultiva emitida por la Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del expediente 5477-2019; y Actas números 45-2019, del once de octubre de dos mil diecinueve, 40-2020 del doce de octubre de dos mil veinte y 49-2020 del veinticinco de noviembre de dos mil veinte, ambas de la Corte Suprema de Justicia, la cual integrada como corresponde,
ACUERDA
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