ACUERDO MINISTERIAL 222-2021
Procedimiento para el envío de avisos patronales a la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de forma electrónica.
*Derogado por el artículo 1 del Acuerdo Ministerial 242-2021
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 222-2021
Guatemala, 12 de julio de 2021
EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CONSIDERANDO
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Derecho al Trabajo es un derecho de la persona y una obligación social, el régimen laboral del país debe organizarse de acuerdo con los principios de justicia social, siendo importante la emisión y reforma de normas específicas para desarrollar lo establecido en la ley. Asimismo, cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; y dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados al mismo.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Código de Trabajo, Decreto Número 330 del Congreso de la República de Guatemala, el cual preceptúa que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social tiene a su cargo la dirección, estudio y despacho de todos los asuntos relativos a trabajo y a previsión social y debe vigilar por el desarrollo, mejoramiento y aplicación de todas las disposiciones legales referentes a estas materias, que no sean de competencia de los tribunales, principalmente las que tengan por objeto directo fijar y armonizar las relaciones entre patronos y trabajadores.
CONSIDERANDO
Que es necesaria la creación de sistemas y acciones que permitan la modernización del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, siendo la tecnología en la sociedad una realidad que no se puede ignorar y que por ende se deben revisar los conceptos y visiones tradicionales del mundo físico para adaptarlos al actual contexto del mundo digital; en ese sentido, es necesaria la implementación de instrumentos jurídicos modernos tecnológicos que permitan el fomento y cumplimiento de la legislación laboral en Guatemala.
POR TANTO
En el ejercicio de la función que le confiere el artículo 194 literales a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos: 4, 27 literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 60 literal e), 77 literal f), 78, 83, 85 literal a), 86 literal c) y 269 del Código de Trabajo, Decreto Número 330 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2, 5, 9 y 11 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala; y del 1 al 6 del Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las comunicaciones y firmas electrónicas Acuerdo Gubernativo 135-2009.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
PROCEDIMIENTO PARA EL ENVÍO DE AVISOS PATRONALES A LA INSPECCIÓN GENERAL DE TRABAJO DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL DE FORMA ELECTRÓNICA
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