ACUERDO MINISTERIAL  89-2021

Se acuerda reformar el "Plan nacional de vacunación contra la COVID-19 República de Guatemala", aprobado mediante Acuerdo Ministerial Número 41-2021, de fecha 17-02-2021.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 89-2021

Guatemala, 15 de abril de 2021


LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna, debiendo el Estado velar por la salud y la asistencia social de todos los habitantes, desarrollando acciones de prevención a fin de procurarles el más completo bienestar físico; adicionalmente la Ley del Organismo Ejecutivo, regula que, los ministros tiene las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico de los diversos asuntos de su competencia, dictando los acuerdos relacionados con el despacho de los asuntos de su ramo conforme la ley.


CONSIDERANDO:

Que, con fundamento en el Decreto Número 1-2021 del Congreso de la República de Guatemala, este Ministerio emitió, con fecha 17 de febrero de 2021, el Acuerdo Ministerial número 41-2021, mediante el cual se aprobó el "PLAN NACIONAL DE VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19 REPÚBLICA DE GUATEMALA" el cual se encuentra en ejecución, habiéndose agotado la Fase 1. Que el Comité de Coordinación Nacional para la Vacunación COVID-19 ha informado que existe evidencia técnica que hizo necesaria la revisión de los grupos de riesgo a vacunar en Fase 2 del citado Plan, la cual está orientada a impactar la reducción en la gravedad y mortalidad en los grupos de edad avanzada, así como incluir a los maestros de la población estudiantil de preprimaria, primaria y diversificado, toda vez que se identificó que muchos profesores resultaron infectados de la enfermedad y, ante la posibilidad del riesgo de contagio a los educandos, así como de perder dos años de actividades académicas en el país, recomendando modificar el ordenamiento del Plan en su Fase 2 y ajustar la Fase 3, debiéndose emitir para ello la normativa que lo aprueba, lo cual es de estricto interés del Estado.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y, en ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; con fundamento en los artículos 3, 27 literales a), f), g) y m) del Decreto Número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 5, 24 y 58 del Decreto Número 90-97, Código de Salud, 1 y 4 del Decreto 1-2021, ley para el Financiamiento y Adquisición de Vacunas contra el Coronavirus COVID-19, todos del Congreso de la República de Guatemala,


ACUERDA:

Emitir la siguiente:


REFORMA AL "PLAN NACIONAL DE VACUNACIÓN CONTRA LA COVID-19 REPÚBLICA
DE GUATEMALA", aprobado mediante ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 41-2021, de
fecha 17 de febrero de 2021

 
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