ACUERDO 115/2020-CE-CDAG
Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala -CDAG- para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del 2021.
ACUERDO NÚMERO 115/2020-CE-CDAG
EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA CONFEDERACIÓN
DEPORTIVA AUTÓNOMA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea General es el órgano representativo y superior de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y atendiendo a lo dispuesto en el Artículo 93 inciso g) y en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 132, de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, el Comité Ejecutivo ha sometido a consideración de la Asamblea General de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, para aprobación del Presupuesto de Ingresos y Egresos para el ejercicio fiscal 2021.
CONSIDERANDO
Que el 8 de diciembre de 2020 en el Diario de Centro América se publicó el Acuerdo 19-2020 del Congreso de la República de Guatemala, en el cual se establece que se suspende en definitiva el procedimiento de formación de la ley de los Decretos números 31-2020, 32-2020 y 33-2020 y en consecuencia - los citados decretos, no cobran efecto jurídico alguno. Asimismo, en esa misma fecha se recibió en la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala el oficio circular DF-SOECT-DGAI-067-2020 remitido por la Licenciada Clara María Medina, Directora Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas en la cual solicita que se le remita la programación indicativa anual y Programación Financiera del Primer Cuatrimestre, correspondiente al ejercicio fiscal 2021 debiéndose considerar lo siguiente: El Artículo 171, inciso b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; así como el Artículo 24 del Decreto 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, contempla la posibilidad que el Congreso de la República no hubiere aprobado el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el ejercicio Fiscal 2021, regirá de nuevo el presupuesto en vigencia del ejercicio fiscal anterior. En virtud de lo establecido en los preceptos antes relacionados, es procedente que el presupuesto de Ingresos y egresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala del ejercicio fiscal 2020, rija en el próximo ejercicio fiscal 2021.
CONSIDERANDO
Que en sesión ordinaria de fecha 09 de diciembre 2020 documentada en Acta número 06/2020-AG-CDAG, de la misma fecha, la Asamblea General con base a lo indicado en el considerando anterior, conoció la información presentada por la Subgerente Financiero de la Institución, Marta Alicia Meighan Juárez de Aguilar, quien atendiendo lo dispuesto en la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto 76-97 del Congreso de la República, Artículo 132, y Estatutos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, sometió para aprobación el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala para el ejercicio fiscal 2021. Aprobando la Asamblea General de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala el presupuesto presentado, para el período del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2021, atendiendo el monto de aporte constitucional notificado por el Ministerio de Finanzas Públicas mediante oficio número DF-SOECT DGAI-067-2020 de fecha 7 de diciembre del 2020, que asciende un monto de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS QUETZALES (Q.374,940,800.00), más ingresos propios, el cual será distribuido en forma analítica por fuente, programa, grupo, renglón y por unidad administrativa.
CONSIDERANDO
Que el Comité Ejecutivo en sesión número 94/2020 celebrada el 10 de diciembre de 2020, conoció en Puntos de Presidencia, las resoluciones emitidas por la Asamblea General en la cuarta sesión ordinaria celebrada el día 9 de diciembre del año en curso, resolviendo el Comité Ejecutivo que de conformidad con lo aprobado por la Honorable Asamblea General, es procedente emitir el Acuerdo correspondiente.
POR TANTO
De acuerdo con lo considerado y en uso de las facultades que confiere el Artículo 92 de la Constitución Política de la República; Articulo 95, literal p. y 132 del Decreto Número 76-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte; Artículo 24 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto.
ACUERDA
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