ACTA MUNICIPAL  12-2021.14

Se acuerda autorizar la exoneración de las multas sobre el pago de los trimestres atrasados del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-, dentro del período hasta el 30 de abril del 2021.

*Prorrogado la exoneración de multas sobre el pago de los trimestres atrasados del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-, hasta el 31-07-2021, por el numeral II), del Acta 34-2021.2


ACTA NÚMERO 12-2021 PUNTO DÉCIMO CUARTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL INTERINA DE SAN LUCAS SACATEPEQUEZ, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ


CERTIFICA

Haber tenido a la vista el libro número CINCUENTA Y CUATRO de Actas de sesiones Ordinarias del Concejo Municipal de San Lucas Sacatepéquez, Departamento de Sacatepéquez Autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en la cual aparece el PUNTO DECIMO CUARTO del acta número DOCE GUION DOS MIL VEINTIUNO, de fecha once de febrero del dos mil veintiuno, que copiado literalmente establece:

DECIMO CUARTO: El Alcalde Municipal hace del conocimiento del Concejo Municipal del contenido del Oficio No. 31/baha/im/2021 fechado San Lucas Sacatepéquez diez de febrero de dos mil veintiuno firmado, sellado y presentado por los sectores Bayron Alejandro Hernández Arriola, Coordinador de IUSI y Marco de Jesús Ramírez García Director de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal, ambos de esta Municipalidad, quienes solicitan la aprobación de exoneración de Multas en concepto de impuesto único Sobre Inmuebles -IUSI- según el tiempo que sea ordenado por su mandato. CONSIDERANDO Que con fundamento en los Artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3 y 105 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala- Código Municipal y sus reformas- CONSIDERANDO Que es de interés municipal buscar mecanismos idóneos para apoyar a los vecinos de San Lucas Sacatepéquez Departamento de Sacatepéquez debido a la situación que se vive a nivel nacional y, la repercusión en la economía que se está causando por la pandemia COVID-19, por lo que se determina la necesidad de conceder un período para que los vecinos de San Lucas Sacatepéquez Departamento de Sacatepéquez puedan realizar el pago del IMPUESTO UNICO SOBRE INMUEBLES -IUSI- sin recargo de multa. POR TANTO: con base a lo considerado y, lo que para el efecto establecen los artículos 12, 28, 154, 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 5, 9, 35, 39, 40, 84 literales b) y e) del Código Municipal y, sus Reformas y que, de conformidad al Código Municipal y sus Reformas, el Gobierno Municipal, le corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, quien es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones. Luego de amplia discusión y, deliberación, el Concejo Municipal al resolver por UNANIMIDAD ACUERDAN:

 
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