ACUERDO GUBERNATIVO 23-2021
Se acuerda reformar el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo número 105-2012.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 23-2021
Guatemala, 16 de febrero de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que el artículo 125 de la Constitución Política de la República de Guatemala, declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de hidrocarburos, minerales y demás recursos naturales no renovables; debiendo además el Estado establecer y propiciar las condiciones propias para su exploración, explotación y comercialización; además de procurar que los ingresos provenientes de regalías y aportes que se generen derivados de las actividades de explotación sean destinados al desarrollo y la mejora en la calidad de vida de los habitantes de la República.
CONSIDERANDO
Que con fecha 26 de enero del año 2012 el Gobierno de la República de Guatemala suscribió con la Cámara de Industria de Guatemala (Gremial de Industrias Extractivas), el Acuerdo Marco de Entendimiento para el Aumento de Regalías, para que las industrias extractivas otorguen un aporte adicional y voluntario, con el propósito que las mismas contribuyan al desarrollo social, ambiental y económico de los habitantes del país, el cual fue aprobado por el Presidente de la República de Guatemala mediante el Acuerdo Gubernativo Número 105-2012, el cual es menester reformar con el objeto de incluir como destino de los fondos referidos, los proyectos urgentes y necesarios para el desarrollo integral de las comunidades que habitan en las áreas de influencia donde se llevan a cabo actividades extractivas.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República; y, 6 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
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