ACUERDO GUBERNATIVO  23-2021

Se acuerda reformar el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo número 105-2012.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 23-2021

Guatemala, 16 de febrero de 2021


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que el artículo 125 de la Constitución Política de la República de Guatemala, declara de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de hidrocarburos, minerales y demás recursos naturales no renovables; debiendo además el Estado establecer y propiciar las condiciones propias para su exploración, explotación y comercialización; además de procurar que los ingresos provenientes de regalías y aportes que se generen derivados de las actividades de explotación sean destinados al desarrollo y la mejora en la calidad de vida de los habitantes de la República.


CONSIDERANDO

Que con fecha 26 de enero del año 2012 el Gobierno de la República de Guatemala suscribió con la Cámara de Industria de Guatemala (Gremial de Industrias Extractivas), el Acuerdo Marco de Entendimiento para el Aumento de Regalías, para que las industrias extractivas otorguen un aporte adicional y voluntario, con el propósito que las mismas contribuyan al desarrollo social, ambiental y económico de los habitantes del país, el cual fue aprobado por el Presidente de la República de Guatemala mediante el Acuerdo Gubernativo Número 105-2012, el cual es menester reformar con el objeto de incluir como destino de los fondos referidos, los proyectos urgentes y necesarios para el desarrollo integral de las comunidades que habitan en las áreas de influencia donde se llevan a cabo actividades extractivas.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República; y, 6 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,353 veces.
  • Ficha Técnica: 101 veces.
  • Imagen Digital: 99 veces.
  • Texto: 83 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 10 veces.
  • Formato Word: 5 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu