ACTA MUNICIPAL 111-2018.4
Se acuerda aprobar las modificaciones al Reglamento de construcción y urbanismo del Municipio de Mixco, del Departamento de Guatemala.
ACTA NÚMERO 111 -2018 PUNTO CUARTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA
CERTIFICA: Que para el efecto tiene a la vista el punto cuarto del acta número ciento once del año dos mil dieciocho, de la Sesión Pública Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Mixco, departamento de Guatemala, celebrada el doce de junio del año dos mil dieciocho, el cual en su parte conducente dice: "CONSIDERANDO: Que por mandato constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones, la de atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la elaboración, aprobación y ejecución de Reglamentos y ordenanzas de urbanismo; CONSIDERANDO: Que es necesario velar por el crecimiento, fortalecimiento, desarrollo y ordenamiento territorial del Municipio en una forma ordenada y equitativa, generando la infraestructura necesaria que satisfaga las necesidades de la población, considerando que esta, no impida realizar los planes de crecimiento del Municipio o genere inconformidades a los habitantes, teniendo siempre en cuenta el principio de legalidad, que descansa fundamentalmente, sobre la equidad y justicia. CONSIDERANDO: Considerando que el Código Municipal fue reformado mediante Decreto catorce guión dos mil doce del Congreso de la República, y dentro de dichas reformas se modifica el la literal r) del artículo cien, facultando a las municipalidades del país a percibir Ingresos por concepto de emisión de licencias de construcción modificación o demolición de obras públicas o privadas dentro de su circunscripción territorial. CONSIDERANDO: Que al otorgarse una licencia de construcción se hace necesario que se realicen trabajos de mitigación, en materia Vial, Ambiental o bien la realización de obras de desarrollo comunitario, en ese sentido se hace necesario modificar algunos artículos del Reglamento de Construcción y Urbanismo del Municipio de Mixco, departamento de Guatemala, aprobado por este Concejo Municipal, conforme se establece en el punto sexto del Acta número ciento cincuenta y seis dos mil doce, Sesión Pública Ordinaria del Concejo Municipal de Mixco, celebrada el día cinco de diciembre del año dos mil doce. POR TANTO: Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 4, 33, 35, 42, 100, 101, 106 y 147 del Código Municipal. Por lo que el Honorable Concejo Municipal por UNANIMIDAD de votos; ACUERDA: 1.- Aprobar las modificaciones al REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y URBANISMO DEL MUNICIPIO DE MIXCO, DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA siendo las siguientes:
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