ACUERDO MINISTERIAL 296-2020
Se acuerda reformar el Acuerdo Ministerial número 167-2020 de fecha 29 de junio de 2020.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 296-2020
Guatemala, 30 de diciembre de 2020
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Constitución Política de la República, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un Estado de Derecho hacia el ordenamiento jurídico; es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad, y demanda que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud; las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales deben actuar en un marco de respeto a las leyes vigentes.
CONSIDERANDO:
Que la ley del Organismo Ejecutivo establece que el fin supremo del Estado es el bien común y las funciones del Organismo Ejecutivo han de ejercitarse en orden a su consecución y con arreglo a los principios de solidaridad, subsidiariedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana; además que por medio de acuerdo ministerial, los ministros podrán crear y suprimir Unidades Especiales de Ejecución, las cuales estarán adscritas y responderán ante su autoridad.
CONSIDERANDO:
Que con fecha 29 de junio de 2020, se emitió el Acuerdo Ministerial número 167-2020 por medio del cual se concentró la ejecución financiera en la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Energía y Minas y reestructuró la red de categorías programáticas adscrita al Ministerio para una mejor adecuación y ejecución presupuestaria; no obstante, es necesario reformarlo para que las gestiones administrativas permitan la readecuación de las categorías relacionadas a partir del año 2021.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 29 Bis. del Decreto número 101-97 Ley Orgánica del Presupuesto, 22, 25, y 27 literal m) del Decreto número 114-97 Del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas;
ACUERDA:
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