ACTA MUNICIPAL  02-2021.17

Reglamento general de autorización, construcción, instalación y/o uso de antenas, postes, cableado y fibra óptica, para la comercialización de los servicios de telecomunicaciones y energía eléctrica privada.


ACTA NÚMERO 02-2021
PUNTO DÉCIMO SÉPTIMO

Acuérdese emitir el siguiente: REGLAMENTO GENERAL DE AUTORIZACIÓN, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE ANTENAS, POSTES, CABLEADO Y FIBRA ÓPTICA, PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA ELECTRICA PRIVADA.

ACTA NÚMERO 02-2021, PUNTO DÉCIMO SÉPTIMO, DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 02-01-2021, DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.

El Concejo Municipal de San Juan Sacatepéquez, departamento de Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 253, establece que los municipios de la República son Instituciones autónomas y que dentro de otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus propios fines.


CONSIDERANDO:

Que es competencia propia del Municipio, entre otras, la autorización del ordenamiento territorial en lo que se refiere a obras públicas y privadas en la circunscripción del Municipio, así como la fijación de valores por la prestación de los servicios públicos locales.


CONSIDERANDO:

Que es necesario aprobar la disposición municipal que fije el trabajo y valor de los servicios que presta la municipalidad previa autorización y la emisión de documentos relacionados con la autorización, construcción instalación y/o colocación de Antenas, Postes y/o Fibra Óptica, para la comercialización de los servicios de telefonía, televisión por cable y/o satelital y telecomunicaciones, en ausencia de una norma que pueda aplicarse a estos casos.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal en su artículo 100, literal s), regula que constituyen ingresos del Municipio cualesquiera que determinan las leyes o los acuerdos y demás normas municipales; y artículo 101, establece que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio, para la realización de obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria.


POR TANTO:

Con fundamento a lo considerado y para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 260 y 261 de la Constitución Política de la Republica; 1,2,3, 6, 7, 9, 33, 35, 40, 42, 100, 101, 142, al 149, del Código Municipal, por UNANIMIDAD ACUERDA emitir el siguiente:


REGLAMENTO GENERAL DE AUTORIZACIÓN, CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN Y/O USO DE ANTENAS,
POSTES, CABLEADO Y FIBRA ÓPTICA, PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES Y ENERGIA ELECTRICA PRIVADA.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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