ACUERDO GUBERNATIVO  229-2020

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA- para el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 229-2020

Guatemala, 14 de diciembre de 2020


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del listado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA-, con base en lo que establece el Decreto Número 1448 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas -FHA-, Artículo 11, literal i), emitió la Resolución número 203-2020 en sesión ordinaria del 16 de junio de 2020, contenida en el Punto Séptimo del Acta 35-2020 del 18 de junio de 2020, por medio de la cual la Junta Directiva aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad para el ejercicio fiscal dos mil veintiuno, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 693 del 10 DIC 2020 emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 415 del 11-12-2020 , del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en su Artículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40 y Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43.


ACUERDA

 
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