ACUERDO GUBERNATIVO  258-2020

Se acuerda reformar el Acuerdo Gubernativo 150-2020 de fecha 29-09-2020, Disposiciones Reglamentarias y reformas para garantizar la salud pública derivado de la Pandemia Covid-19.

*Derogado por el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo 114-2022.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 258-2020

Guatemala, 30 de diciembre de 2020


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la salud de los habitantes de la Nación es un bien público y, todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento.


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 150-2020 de fecha 29 de septiembre de 2020, se emitieron las Disposiciones Reglamentarias y Reformas para Garantizar la Salud Pública derivado de la Pandemia COVID-19, en el cual se regula, por el plazo de tres meses, el horario de actividades en el sector público estableciendo que el horario oficial de jornada única de trabajo normado en el artículo 79 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil estará comprendido de siete a quince horas para todas las dependencias del Organismo Ejecutivo, con excepción de las que en dicha norma se mencionan, siendo que la autoridad sanitaria respalda la prórroga de la vigencia de esta medida regulada en el artículo 4 del mencionado Acuerdo Gubernativo.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 1°, 2°, 3°, 44, 46, 93, 94, 95, 182, 183 literal e) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal j) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República,


EN CONSEJO DE MINISTROS

ACUERDA

Emitir la siguiente:


REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 150-2020 DE FECHA 29
DE SEPTIEMBRE DE 2020, DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS Y
REFORMAS PARA GARANTIZAR LA SALUD PÚBLICA DERIVADO DE LA
PANDEMIA COVID-19

 
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