ACUERDO MINISTERIAL 246-2020
Se acuerda autorizar a la entidad extranjera de carácter no lucrativo, denominada Fundación Ayuda en Acción, para que pueda establecer una sucursal en el país.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 246-2020
Guatemala, 09 de octubre de 2020
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la entidad extranjera de carácter no lucrativo denominada FUNDACIÓN AYUDA EN ACCIÓN, constituida y organizada de conformidad con las leyes de Madrid, España, por medio de su Mandatario Judicial y Especial con Representación, presentó solicitud a este Ministerio requiriendo la autorización para establecer una Agencia o Sucursal en la República de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34 de la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los estatutos contenidos en los testimonios de los instrumentos públicos, presentados por la entidad interesada, los cuales fueron confrontados por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, emitiendo opinión favorable, indicando que cumple con los requisitos exigidos por la Ley, misma que obtuvo Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, por lo que es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 15 numeral 2, 3, 28, 29, 30 y 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106; y, 4 y 7 numeral 4 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación, Acuerdo Gubernativo número 635-2007.
ACUERDA:
- Buscado: 1,158 veces.
- Ficha Técnica: 10 veces.
- Imagen Digital: 10 veces.
- Texto: 9 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.