ACUERDO MINISTERIAL  198-2020

Se acuerda derogar el Acuerdo Ministerial 46-2017 de fecha 23-01-2017, a través del cual se canceló la autorización de funcionamiento de la Escuela de Aprendizaje de Tránsito denominada Escuela de Automovilismo ALFA.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 198-2020

Guatemala, 02 de octubre de 2020

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Ministerial número 46-2017 de fecha 23 de enero de 2017, el Ministerio de Gobernación canceló la autorización de funcionamiento de la Escuela de Aprendizaje de Tránsito denominada ESCUELA DE AUTOMOVILISMO ALFA, propiedad de Alex Fernando Mancilla Del Águila, otorgada mediante Acuerdo Ministerial número 215-2010 de fecha 13 de septiembre de 2010, emitido por este Ministerio.


CONSIDERANDO

Que la Corte Suprema de Justicia constituida en Tribunal de Amparo, con fecha 21 de marzo de 2018, dentro de la acción del Amparo 350-2017 dictó sentencia otorgando el amparo solicitado por el accionante señor Alex Femando Mancilla Del Aguila, en calidad de propietario de la referida Escuela de Aprendizaje de Tránsito, dejando en suspenso en cuanto al reclamante el Acuerdo Ministerial número cuarenta y seis guion dos mil diecisiete (46-2017) de fecha veintitrés de enero de dos mil diecisiete, ordenando a la autoridad impugnada resolver conforme a derecho.


CONSIDERANDO

Que la Honorable Corte de Constitucionalidad dictó la resolución de fecha cinco de noviembre del año dos mil diecinueve, en la cual declara Sin lugar el recurso de apelación planteado por el Ministro de Gobernación, y en consecuencia, confirma la sentencia apelada y modifica el segmento resolutivo en el sentido de precisar que la protección constitucional otorgada concierne a lo actuado por el Ministro de Gobernación como por el Segundo Viceministro del Ministerio de Gobernación, ordenando así mismo, que como efecto positivo del amparo, dentro de los tres días siguientes de recibida la ejecutoria del fallo, la autoridad denunciada deberá dictar la resolución a que se refiere el artículo veintiocho (28) del Acuerdo Gubernativo doscientos cuarenta y dos guion noventa y nueve (242-99) observando el procedimiento preestablecido por lo que es procedente emitir la resolución ministerial correspondiente.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobernación, en dictamen número 0648-2020 de fecha 8 de mayo de 2020, recomienda se anule el Acuerdo Ministerial número cuarenta y seis guion dos mil diecisiete (46-2017) de fecha veintitrés de enero de dos mil diecisiete, emitido por el Ministerio de Gobernación, estableciendo el procedimiento a seguir dentro del expediente de mérito, y al hacerse el estudio del mismo, se confirma su procedencia.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literal m), 36 literal e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; artículo 8 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto número 2-89 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA

 
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