ACUERDO  26-2020

Se acuerda aprobar la ampliación número (3) en el presupuesto de ingresos y egresos del Ministerio Público, correspondiente al año (2020), por un monto de (Q 294,900,000.00).


ACUERDO NÚMERO VEINTISÉIS - DOS MIL VEINTE (26-2020)

Guatemala, veintisiete de agosto de dos mil veinte


LA FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA Y
JEFA DEL MINISTERIO PÚBLICO


CONSIDERANDO

Que conforme a lo estipulado en el artículo 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala "el Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas"; en tal sentido y conforme al segundo considerando del Decreto 40-94 del Congreso de la República de Guatemala, "Ley Orgánica del Ministerio Público", éste se organiza conforme a los principios de autonomía y jerarquía, y según el artículo 3 de dicha Ley, anualmente se le asigna una partida en el Presupuesto General de la Nación, para que sus recursos los administre de manera autónoma en función a sus propios requerimientos.


CONSIDERANDO

Que en el numeral 6 del artículo 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico, faculta al Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público para “Impartir las instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como relativas a asuntos específicos en los términos y alcances establecidos en ley".


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, aprobó el Decreto número 20-2020 "Ampliación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinte" y por medio del cual, asigna una ampliación de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q294,900,000.00) que están destinados al presupuesto de ingresos y egresos del Ministerio Público para el ejercicio fiscal 2020.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Finanzas Públicas mediante Acuerdo Gubernativo número 68-2020, aprueba la distribución analítica de la Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinte, efectuada por el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto número 20-2020, en donde DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q294,900,000.00) están destinados al Ministerio Público con las fuentes de financiamiento siguientes: 41 -Colocaciones internas- por CIENTO NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q190,300,000.00) y 52 -Préstamos externos- por CIENTO CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q104,600,000.00).


POR TANTO

En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 171,237 y 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1,3,10,11 incisos 1), 2) y 6); y 66 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto número 40-94 del Congreso de la República de Guatemala, artículos 1, 2, 3, 10, 11, 12 y 41 de la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97 del Congreso de la República de Guatemala y articulo 44 de su reglamento, Acuerdo Gubernativo No. 540-2013 del Presidente de la República.


ACUERDA

 
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