ACTA MUNICIPAL  42-2020.5

Se acuerda aprobar el presente Acuerdo de observancia general para separar el Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito creado según Acta 41-2009.


ACTA No. 42-2020 PUNTO QUINTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA MILPAS ALTAS DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.


CERTIFICA:

Que para el efecto tiene a la vista el libro No. 36 de Actas de Sesiones del Concejo Municipal, que se lleva en esta Secretaría Municipal y en el cual se encuentra asentada el Acta ordinaria No. 42-2020 celebrada en fecha veintinueve de abril del año dos mil veinte, la que copiada en su parte conducente se lee.

QUINTO: El Concejo Municipal de Santa Lucía Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez. CONSIDERANDO: Que con base al Acta Número 41-2009 de Sesión del Concejo Municipal celebrada en fecha trece de octubre del año dos mil nueve de la administración anterior, se creó unificado el Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito; así como también se creó el departamento de la Policía Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Santa Lucía Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez, con la finalidad de fortalecer la administración municipal. CONSIDERANDO: Que en seguimiento a los procedimientos de ley, se emitió el ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 229-2016 publicado en el DIARIO de CENTRO AMÉRICA el día veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete en el que se Traslada la Competencia de la Administración de Transito a la Municipalidad de Santa Lucía Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez, única y exclusivamente dentro de su jurisdicción, y Convenio número 10-2016 de fecha 22 de agosto del año 2016. CONSIDERANDO: Que para el efecto se tiene a la vista copia del Convenio número 10-2016 de fecha 22 de agosto del año 2016 suscrito entre el Representante de esta Municipalidad y el Ministerio de Gobernación, dentro del cual figura el compromiso de ambas instituciones de darle cumplimiento al traslado de Competencia de la Administración de Tránsito dentro de la jurisdicción municipal del municipio en referencia, así como también se contempló la SUPERVISIÓN del Ministerio de Gobernación a través del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil en los temas, tales como la Infraestructura informática con la que cuenta la Policía Municipal de Tránsito y Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito, que debe comprender equipo de cómputo adecuado con capacidades de almacenamiento CONSIDERANDO: Que para dar seguimiento al Convenio relacionado, es necesario emitir el presente Acuerdo para separar el Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, el cual queda de la forma siguiente: Juzgado de Asuntos Municipales; y, Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito; en tal sentido es importante que el departamento del Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito de la Municipalidad de Santa Lucía Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez debe prestar los servicios para el cual está destinado al momento de nombrar su titular. CONSIDERANDO: Que para tales efectos, se tiene a la vista el Oficio No. 192-2020 ROSC/DAFIM de fecha 29 de abril de 2020 firmado y sellado por el señor Rudi Otoniél Sacach Cancax en su calidad de Director Financiero Municipal de esta comuna, por medio del cual emite dictamen financiero favorable en relación al JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES DE TRANSITO indicando que los ingresos de ésta municipalidad cuenta con la capacidad para cubrir dicha oficina. POR TANTO: En lo que para el efecto establecen los artículos: 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 35, 81 del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; Convenio número 10-2016 de fecha 22 de agosto del año 2016 suscrito entre el Ministerio de Gobernación; y ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 229-2016 publicado en el DIARIO de CENTRO AMÉRICA el día veinticuatro de enero del año dos mil diecisiete, el Concejo Municipal en unanimidad de criterios, al resolver, ACUERDA:

 
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