ACTA MUNICIPAL  34-2020.3

Plan de tasas de la Municipalidad de San Miguel Tucurú.


ACTA NÚMERO 34-2020 PUNTO TERCERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL TUCURÚ, DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DE HOJAS MÓVILES DEL CONCEJO MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO TREINTA Y CUATRO GUION DOS MIL VEINTE (34-2020) DE REUNIÓN ORDINARIA, DE FECHA UNO DE JULIO DELAÑO DOS MIL VEINTE, EN LA QUE EN SU PUNTO TERCERO, LITERALMENTE DICE:-


MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL TUCURÚ
DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ

Acuérdase establecer EL PLAN DE TASAS de la Municipalidad de San Miguel Tucurú, por la contraprestación de servicios que presta esta Municipalidad a favor de personas individuales y jurídicas, conforme el objeto y valores que a continuación se describen y de acuerdo a las Direcciones y Oficinas que conforman la Municipalidad.


EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL TUCURÚ, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del patrimonio e intereses del municipio.


CONSIDERANDO:

Que es competencia del Concejo Municipal la fijación de rentas de los bienes municipales y en su caso la determinación de cobros y tasas.


CONSIDERANDO:

Que el Plan de Tasas del Municipio de San Miguel Tucurú que incluye las tasas por servicios aprobado en el año 1993 y las modificaciones del año 1994 sus valores obsoletos y no alcanzan a la municipalidad para cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario fijar nuevos valores a las Tasas de los diferentes servicios que presta la municipalidad de San Miguel Tucurú a favor de personas individuales y jurídicas, ajustándose a la realidad económica actual y fundados en el principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que intervienen en los mismos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad:


ACUERDA APROBAR:


EL PLAN DE TASAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL TUCURÚ

 
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