ACUERDO MINISTERIAL  283-2020

Se acuerda publicar el Acuerdo número 4-2020 de la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, de fecha 28 de julio del año 2020.


ACUERDO MINISTERIAL 283-2020

Guatemala, seis de agosto de dos mil veinte


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es función del Ministro dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio.


CONSIDERANDO

Que la Ley del Organismo Ejecutivo regula que es atribución de los Ministros de Estado cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; así como dictar los acuerdos y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley.


CONSIDERANDO

Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros, decreta Estado de Calamidad Pública en todo el territorio nacional, con motivo de la pandemia provocada por el coronavirus SARS CoV-2 causante de la enfermedad COVID-19, de conformidad los Decretos Gubernativos números 5-2020, 6-2020, 7-2020, 8-2020, 9-2020 y 12-2020 ratificados y reformados en Decretos números 8-2020, 9-2020, 21-2020, 22-2020 y 27-2020 del Congreso de la República de Guatemala; así como el Decreto Gubernativo número 15-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros.


POR TANTO

En el ejercicio de la función que le confiere el Artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literales a) y m) de la Ley de Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 24 del Decreto Número 1528 del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA

 
...
Consultas:
  • Buscado: 2,727 veces.
  • Ficha Técnica: 52 veces.
  • Imagen Digital: 50 veces.
  • Texto: 47 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 5 veces.
  • Formato Word: 5 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu