ACUERDO  1480

Se acuerda modificar el Artículo 2 del Acuerdo número 1264 de fecha 16 de junio de 2011.


ACUERDO NÚMERO 1480


LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Número 1196 de fecha treinta y uno de octubre del dos mil seis, la Junta Directiva acordó autorizar a las Unidades Ejecutoras del Instituto entre las cuales se incluye al Hospital de Quetzaltenango, para administrar el presupuesto que les fuera asignado, de acuerdo con las normas correspondientes, apoyadas en los fundamentos de desconcentración operativa y centralización normativa.

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece en el Artículo 232 que la Contraloría General de Cuentas es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, razón por la cual el cuatro de noviembre de dos mil diez, emitió la resolución número Bo./009316, en la que registra como cuentadante al Hospital de Quetzaltenango; Unidad Ejecutora del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- con número 11-17-19.

Que en Acuerdo Número 1264 de fecha dieciséis de junio de dos mil once, la Junta Directiva acordó modificar la denominación del Hospital de Accidentes de Quetzaltenango, a Hospital General de Quetzaltenango, el cual dependerá de la Dirección Departamental de Quetzaltenango y proporcionará las prestaciones en servicio de los programas de Enfermedad, Maternidad y Accidentes.


POR TANTO,

En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 19, inciso a), del Decreto número 295 del Congreso de la República de Guatemala "Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social".


ACUERDA:

 
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