ACTA MUNICIPAL  25-2020.2

Control de ingreso y egreso de transporte de carga en el Municipio de Panzós, Alta Verapaz.


ACTA NÚMERO 25-2020 PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL. DE LA MUNICIPALIDAD DE PANZÓS DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ.


CERTIFICA:

QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO PARA ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL-HOJAS MOVIBLES- DE LA UNIDAD DE SECRETARIA MUNICIPAL, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS CON EL NÚMERO DE REGISTRO DIECIOCHO MIL NOVENTA Y NUEVE DIAGONAL DOS MIL DIECINUEVE (18,099/2019). DE 500 HOJAS, FOLIADO DEL NÚMERO MIL CUATROCIENTOS UNO (1401) AL MIL NOVECIENTOS (1900), EN EL CUAL APARECE EL ACTA NÚMERO VEINTICINCO GUION DOS MIL VEINTE (25-2020), DE FECHA VEINTISEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, DONDE SE APROBÓ EL PUNTO SEGUNDO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal en pleno, entra a conocer el cobro de la tasa por el ingreso o egreso de vehículos en el municipio de Panzós. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República reconoce y establece el nivel de Gobierno Municipal, con autoridades electas directa y popularmente, lo que implica el régimen autónomo de su administración, como expresión fundamental del poder local, y que la administración pública será descentralizada, lo que hace necesario dar una mejor definición y organización al régimen municipal respaldando la autonomía que la Carta Magna consagra, para que en el marco de ésta se promueva su desarrollo integral y el cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que las finanzas del municipio comprenden el conjunto de bienes, ingresos y obligaciones que conforman el activo y el pasivo del municipio. POR TANTO: en base a lo considerado y con fundamento en los artículos 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala: artículos 3, 7, 33, 35 literales e) y i), 40, 42, 67, 72, 73 a), 100 literal e) del Decreto 12-2002 Código Municipal, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 35 literal a) del Decreto 12-2002 del Congreso República de Guatemala, Código Municipal, por Unanimidad de sus miembros. ACUERDA: I) APROBAR el siguiente:


CONTROL DE INGRESO Y EGRESO DE TRANSPORTE DE CARGA EN EL MUNICIPIO DE PANZOS,
ALTA VERAPAZ.

 
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