ACUERDO GUBERNATIVO  9

Se acuerda nombrar al Licenciado Rafael Eugenio Rodríguez Pellecer, como representante titular; y al Licenciado Rafael Alberto Lobos Madrid, como representante suplente, para que formen parte de la junta directiva del –IRTRA-.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 9

Guatemala, 26 de junio de 2020


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República, el desarrollo integral de la persona.


CONSIDERANDO

Que la Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores del Estado de Guatemala -IRTRA-, establece la creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA-, el cual está a cargo de la Junta Directiva, misma que está integrada por un representante del Organismo Ejecutivo y suplente nombrados mediante Acuerdo Gubernativo a través del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 5 y 7 de la Ley de Creación del Instituto de Recreación de los Trabajadores del Estado de Guatemala, Decreto 1528 del Congreso de la República; y 2 del Acuerdo Número 01-2004 de la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala que contiene el Reglamento de la Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala, aprobado por el Acuerdo Gubernativo número 6-2005 del Presidente de la República de Guatemala.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,046 veces.
  • Ficha Técnica: 14 veces.
  • Imagen Digital: 12 veces.
  • Texto: 11 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 1 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu