ACUERDO MINISTERIAL 707-2020
Se acuerda modificar el numeral 1 de la parte resolutiva de la Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 44-2018, del 10 de octubre de 2018.
ACUERDO MINISTERIAL No. 707-2020
Guatemala, 12 de junio de 2020
EL MINISTRO DE ECONOMIA
CONSIDERANDO:
Que conforme a los términos del artículo 55, numerales 6 y 7 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala- y en el marco del proceso de Unión Aduanera Guatemala-Honduras, mutatis mutandis, las resoluciones, reglamentos y acuerdos de la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera serán depositados en la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana y entrarán en vigor en la fecha en que se adopten, salvo que en los mismos se señale otra fecha, debiendo publicarse por los Estados Parte;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de la Instancia Ministerial-UA No. 78-2020 de fecha 29 de abril de 2020, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, modificó el numeral 1 de la parte resolutiva de la Resolución de Instancia Ministerial-UA No. 44-2018 de fecha 10 de octubre de 2018, a efecto de establecer que el uso obligatorio de etiquetas de radio frecuencia (REID) sea a partir del 1 de octubre de 2020,
POR TANTO,
En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 27, literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo,
ACUERDA:
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