ACUERDO MINISTERIAL  656-2020

Se acuerda reformar el artículo 3, en sus numerales 4 y 6, al "Instrumento De Regulación Para El Ministerio De Economía Para El Otorgamiento Del Beneficio Del Fondo De Protección Del Empleo".


ACUERDO MINISTERIAL No. 656-2020

Guatemala, 06 de mayo de 2020

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que el Estado de Guatemala, se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común, teniendo como deber garantizar a los habitantes de la República la vida, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.


CONSIDERANDO

Que el Decreto número 13-2020 del Congreso de la República, crea el beneficio económico denominado Fondo para la Protección del Empleo con el objeto de apoyar a los trabajadores del sector privado cuyos contratos de trabajo hayan sido objeto de suspensión debidamente autorizada por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, de conformidad con la legislación laboral y como consecuencia del Estado de Calamidad Pública establecido por el Organismo Ejecutivo y debidamente ratificado por el Congreso de la República, así como las Disposiciones Presidenciales emitidas en caso de Calamidad Pública y Órdenes para el estricto cumplimiento para contener la pandemia Covid-19.


CONSIDERANDO

Que en Acuerdo Gubernativo número 58-2020, se emitió el Reglamento para el otorgamiento del Beneficio del Fondo para la Protección del Empleo, correspondiendo al Ministerio de Economía aprobar los instrumentos para su cumplimiento, por lo que emitió el Acuerdo Ministerial numero 617-2020 de fecha veintisiete de abril dos mil veinte, denominado "INSTRUMENTO DE REGULACIÓN PARA EL MINISTERIO DE ECONOMÍA PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DEL FONDO DE PROTECCION DEL EMPLEO", el cual es necesario reformar para su efectiva aplicación.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 literales a) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 del Congreso de la República y con fundamento en el artículo 7 del Acuerdo Gubernativo 58-2020.


ACUERDA

Emitir las siguientes;


REFORMAS AL "INSTRUMENTO DE REGULACIÓN PARA EL MINISTERIO DE ECONOMÍA PARA
EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO DEL FONDO DE PROTECCIÓN DEL EMPLEO"

 
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