ACUERDO COM-12-2020
Reglamento para la implementación de la "Firma Electrónica Interna y Firma Electrónica Avanzada" en la Municipalidad de Guatemala.
ACUERDO COM-12-2020
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Guatemala emitió el Decreto 47-2008 Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas dentro del cual consideró: "que la inmersión masiva y de a tecnología en nuestra sociedad es una realidad que no podemos ignorar y por ende se debe revisar los conceptos y visiones tradicionales del mundo físico para adaptarlos al actual contexto del mundo digital".
CONSIDERANDO:
Que se estima necesario que dentro de los distintos procesos y actos administrativos de la Municipalidad de Guatemala, se implemente la Firma Electrónica, por lo que es importante aprobar la normativa interna respectiva, con la finalidad de establecer los mecanismos de uso de la misma y que permita a los funcionarios y empleados, conocer las obligaciones y responsabilidades que conlleva, relacionadas a la autenticación y validación de la Firma Electrónica, por lo que es procedente emitir la disposición correspondiente.
POR TANTO:
En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 6, 9, 33, 35 literales a), ) y j) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; 1, 2, 5, 7, 8, 10 y 11 de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas, Decreto número 47-2008 del Congreso de la República de Guatemala; y 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 del Acuerdo Gubernativo 135-2009 Reglamento de la Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas.
ACUERDA
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA "FIRMA ELECTRÓNICA INTERNA Y
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA" EN LA MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA.
- Buscado: 4,966 veces.
- Ficha Técnica: 105 veces.
- Imagen Digital: 105 veces.
- Texto: 98 veces.
- Formato PDF: 10 veces.
- Formato Word: 20 veces.