ACUERDO  44-2017

Se Acuerda La Organización Y Transformación Del Juzgado De Primera Instancia Penal De Delitos De Femicidio Y Otras Formas De Violencia Contra La Mujer, Del Departamento De Huehuetenango.


ACUERDO NUMERO 44-2017


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República establece que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a las personas y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común, además de proteger la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de las personas;


CONSIDERANDO

Que la Declaración sobre Eliminación de la Violencia contra la Mujer de Naciones Unidas dispone que los Estados deben proceder con la debida diligencia a fin de prevenir, investigar y conforme la legislación nacional, castigar todo acto de violencia contra la mujer; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém Do Pará" indica que los Estados deben adoptar medidas judiciales para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad;


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República mediante el Decreto número 22-2008, emitió la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer la cual dispone la creación de órganos jurisdiccionales para conocer de los delitos contemplados en dicha Ley;


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo número 12-2012, la Corte Suprema de Justicia aprobó la creación del Juzgado de Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, del departamento de Huehuetenango y el Acuerdo 5-2016 de la Corte Suprema de Justicia cambio la denominación y amplio la competencia para conocer de delitos de Violencia Sexual, contenidos en el Capítulo 1, del Titulo III del Código Penal de Guatemala, y en virtud de la carga de trabajo de dicho juzgado es necesario la transformación del órgano jurisdiccional en pluripersonal para atender el alto número de casos y garantizar una justicia pronta y cumplida, de conformidad con el artículo 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala.


POR TANTO

Con fundamento en lo considerado y en lo que preceptúan los artículos: 203 y 205 de la Constitución Política de la República; 43, 45, 48 y 52 del Código Procesal Penal; 15 y 22 de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer; Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas Decreto 9-2009 del Congreso de la República de Guatemala; 54 incisos a) y f) ,77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,


ACUERDA


LA ORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACION DEL JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA PENAL DE DELITOS DE FEMICIDIO Y OTRAS FORMAS DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y VIOLENCIA SEXUAL DEL DEPARTAMENTO
DE HUEHUETENANGO A JUZGADO PLURIPERSONAL

 
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