ACUERDO  17-2020

Se Acuerda Aprobar Los Movimientos Presupuestarios En El Presupuesto De Ingresos Del Organismo Judicial Para El Ejercicio Fiscal 2020.


ACUERDO NÚMERO 17-2020


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 213 de la Constitución Política de la República de Guatemala, la Corte Suprema de Justicia aprobó mediante Acuerdo 59-2019 del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Organismo Judicial para el ejercicio fiscal dos mil veinte;


CONSIDERANDO

Que es necesario disminuir el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Organismo Judicial del año dos mil veinte, con el objeto de registrar en el Sistema Integrado de Contabilidad -SICOINWEB- los ajustes presupuestarios como consecuencia de la no aprobación del proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil veinte en el término que establece la carta Magna, quedando en vigencia los aportes aprobados para el Organismo Judicial por el Congreso de la República en el Decreto 25-2018 "Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve";


CONSIDERANDO

Que se emitió el dictamen número dos del doce de febrero del dos mil veinte de la Dirección de Presupuesto de la Gerencia Financiera, en el que se indica que por las razones expuestas es procedente disminuir el Presupuesto vigente de Ingresos y Egresos del Organismo Judicial del ejercicio fiscal dos mil veinte;


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Artículo 54 Literal g) del Decreto número 2-89 "Ley del Organismo Judicial" establece en su parte conducente que corresponde a la Corte Suprema de Justicia aprobar el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Organismo Judicial y modificarlo por razones de conveniencia al servicio de administración de justicia;


POR TANTO

Con fundamento en lo considerado y en lo dispuesto en los Artículos: 203, 205 y 213 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 54 literales f) y g), y 77 de la Ley del Organismo Judicial Decreto 2-89 del Congreso de la República; y 14 literal a) del Acuerdo número 59-2019 de la Corte Suprema de Justicia; Opinión consultiva emitida por la

Corte de Constitucionalidad el ocho de octubre de dos mil diecinueve, dentro del expediente cinco mil cuatrocientos setenta y siete guion dos mil diecinueve (5477-2019); y el Acta número 45-2019 de la Corte Suprema de Justicia;


ACUERDA

 
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