ACTA MUNICIPAL 391-2019.6
Reglamento Del Plan Parcial De Consolidación, Re-Desarrollo O Renovación, De Ordenamiento Territorial De Las Súper-Manzanas 09-03, 09-04 Y 09-10 Del Área Urbana Del Municipio De Quetzaltenango.
El Infrascrito Secretario Municipal de Quetzaltenango CERTIFICA: haber tenido a la vista el libro de acta; de sesiones ordinaria y extraordinaria del Concejo Municipal de Quetzaltenango, en el que se encuentra el punto SEXTO del ACTA NÚMERO TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO GUIÓN DOS MIL DIECINUEVE DE SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE QUETZALTENANGO el día doce de diciembre del año dos mil diecinueve el copiado literalmente en su parte resolutiva que literalmente dice: *******SEXTO:..... Sometido a consideración y luego de la deliberación correspondiente el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL, con votos en contra de los Concejales Municipales: Cuarto, Licenciado, JOSÉ GERARDO YARZEBSKI CASTILLO, Sexto (Quinto en Funciones), Señorita, HILDA FABIOLA AVILA MONZÓN, Séptimo (Sexto en Funciones), Ingeniero, JORGE ROBERTO SOTO ALCAHÉ, por mayoría ACUERDA: I) Aprobar el Reglamento del PLAN PARCIAL DE CONSOLIDACIÓN, RE-DESARROLLO O RENOVACION, DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LAS SÚPER-MANZANAS 09-03, 09-04 y 09-10 DEL ÁREA URBANA DEL MUNICIPIO DE QUETZALTENANGO, como a continuación se detalla:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL:
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y en ejercicio de la autonomía municipal reconocida, es atribución del Concejo Municipal emitir ordenanzas y reglamentos para el ordenamiento territorial de su jurisdicción, la obtención de sus recursos patrimoniales y atender los servicios públicos locales para el cumplimiento de sus fines.
CONSIDERANDO
Que en el punto quinto del acta número ciento cincuenta y cinco guión dos mil diecisiete, de sesión ordinaria celebrada por el honorable Concejo Municipal de Quetzaltenango, el dos de junio del año dos mil diecisiete, se aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- del municipio de Quetzaltenango y su reglamento, el cual fue publicado en el Diario de Centroamérica el día 27 de julio de 2017, y que en el mismo se determina que el ordenamiento territorial podrá ser adecuado a las condiciones particulares de sectores del municipio a través de Planes Parciales de Ordenamiento Territorial.
CONSIDERANDO
Que los planes parciales son instrumentos de planificación y gestión urbana a escala intermedia, que tienen por objeto desarrollar los principios, el modelo de ocupación y el crecimiento urbano definidos en Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Quetzaltenango y sus reformas.
CONSIDERANDO
Que en el sector comprendido por las súper-manzanas 09-03, 09-04 y 09-10 tienen un desarrollo definido y estable, sin embargo presenta tendencias de deterioro de sus espacios públicos y cambios en el uso de suelo que generarán en un conflicto funcional; se requiere de una transformación físico-espacial mediante la promoción de un desarrollo urbano denso, de usos compatibles con el suelo residencial, sostenible, que favorezca diferentes tipo de movilidad, aproveche las áreas verdes, recreativas y deportivas del sector, fomente la seguridad e integración social.
POR TANTO
Con fundamento en los artículos 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5,9,23 Ter, 33,35 incisos a), b), i), I) y z), 42,100,101,142,143,144,146,147,151 del Código Municipal. Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; artículos 3, 4, 5, 20,101,102,103,104,105 y 106 del reglamento del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Quetzaltenango y sus reformas.
ACUERDA
Emitir el siguiente
REGLAMENTO DEL PLAN PARCIAL DE CONSOLIDACIÓN, RE-DESARROLLO O RENOVACION, DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL DE LAS SÚPER-MANZANAS 09-03, 09-04 y 09-10 DEL ÁREA URBANA DEL
MUNICIPIO DE QUETZALTENANGO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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