ACTA MUNICIPAL  97-2019.18

Se Acuerda Ampliar Y Modificar El Plan De Tasas De La Municipalidad De Guastatoya, Del Departamento De El Progreso.

MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA,
DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA, DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO CERTIFICA: Que para su cumplimiento y efectos consiguientes, se transcribe el punto DECIMO OCTAVO, del acta 97-2019, de fecha nueve de diciembre de dos mil diecinueve, contenido en el libro de actas número 2,852, de sesiones ordinarias del Concejo Municipal, libro debidamente autorizado por la Contrataría General de Cuentas, el que copiado literalmente establece:


DECIMO OCTAVO:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL


CONSIDERANDO:

Que, por mandato Constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de obtener y disponer de sus recursos;


CONSIDERANDO:

Que, corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del patrimonio e intereses del municipio, y por imperativo Constitucional, deben de procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.


CONSIDERANDO:

Que es competencia del Concejo Municipal la fijación de rentas de los bienes municipales, y en su caso la determinación y cobro de tasas;


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ampliar, modificar y fijar valores a las tasas municipales de los diferentes servicios que presta esa Municipalidad a favor de personas individuales y jurídicas, ajustándolas a la realidad económica actuad, y fundados conforme al principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que intervienen en los mismos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 239, 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 9, 11, 33, 35, 42, 68, 72 y 100 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas, POR MAYORÍA ABSOLUTA DE VOTOS,


ACUERDA:

 
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