ACUERDO COM-36-2019
Se Acuerda Reformar El Acuerdo Municipal Número COM-020-08 Del Concejo Municipal De La Ciudad De Guatemala.
ACUERDO No. COM-36-2019
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo regulado por la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, establece que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses y emite sus ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de los fines que le son inherentes.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 51 literal e) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, establece que las mancomunidades de municipios, así como sus respectivos representantes legales, deberán registrarse en la Municipalidad en donde fueron constituidas.
POR TANTO
Con base en los considerandos y en lo que para el efecto preceptúan los artículos: 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos 3, 9, 35 literal a), 49, 50, 51 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA:
REFORMAR EL ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO COM-020-08 DEL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
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