ACUERDO MINISTERIAL  3161-2019

Se Acuerda Crear La Unidad Ejecutora De Obra De Infraestructura Del Ministerio De Educación.

*Derogado por el artículo 6, del Acuerdo Ministerial Número 3601-2023 el 29-11-2023


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 3161-2019

Guatemala, 29 de octubre de 2019


EL MINISTRO DE EDUCACIÓN


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio.


CONSIDERANDO:

Que por medio de Decreto número 10-2018 del Congreso de la República de Guatemala, se aprobó la negociación del contrato de préstamo número 3618/OC-GU entre la República de Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo y en su artículo 4 ordena al Ministerio de Educación la inmediata creación de una Unidad Ejecutora de obra de Infraestructura.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 25 de la Ley del Organismo Ejecutivo dispone que por medio de acuerdo ministerial, los ministros podrán crear y suprimir Unidades Especiales de Ejecución, las cuales les estarán adscritas y responderán ante su autoridad. En el Acuerdo de creación se establecerán los recursos materiales, humanos y financieros de los cuales dispondrán para el descargo de sus funciones. Las Unidades Especiales de Ejecución podrán llevar a cabo planes, programas o proyectos específicos, adecuándose a las necesidades de funcionamiento de la organización ministerial. Serán dependencias de carácter temporal, cuya duración se establecerá en el acuerdo de creación y se circunscribirá al período de tiempo que tome la ejecución de los planes, programas o proyectos para los que fueron creadas.


CONSIDERANDO:

Que por medio de Acuerdo Ministerial número 3256-2018 se aprobó el contenido y anexos del Manual Operativo del Préstamo BID número 3618/OC-GU, el cual contempla la Integración, Atribuciones y Responsabilidades de la Unidad Ejecutora del programa. Por consiguiente, es procedente que este Despacho Ministerial, a través de la presente disposición, promueva la creación de la referida Unidad conforme el Manual mencionado y sus Anexos correspondientes. El presente Acuerdo Ministerial es de estricto interés del Estado, por lo que su publicación deberá realizarse sin costo alguno.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren el artículo: 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; así como los artículos 25 y 33 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97; y, 4 del Decreto número 10-2018, ambos del Congreso de la República de Guatemala.


ACUERDA:


CREAR LA UNIDAD EJECUTORA DE OBRA DE INFRAESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,582 veces.
  • Ficha Técnica: 52 veces.
  • Imagen Digital: 51 veces.
  • Texto: 50 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 8 veces.
  • Formato Word: 11 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu