ACUERDO MINISTERIAL  341-2019

Se Acuerda Emitir Las Siguientes Disposiciones Aplicables A La Importación, Exportación, Movilización O Traslados De Plantas, Productos O Subproductos De Origen Vegetal.


ACUERDO MINISTERIAL No. 341-2019

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 26 de noviembre de 2019


EL VICEMINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RURAL
ENCARGADO DEL DESPACHO MINISTERIAL


CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado y de interés general, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación es el encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, la cual tiene por objeto velar por la protección y sanidad de los vegetales, animales, especies forestales e hidrobiológicos, así como la preservación de sus productos y subproductos no procesados contra la acción perjudicial de las plagas y enfermedades de importancia económica y cuarentenaria sin perjuicio para la salud humana y el ambiente.


CONSIDERANDO:

Que el manejo, control y erradicación de plagas requiere una gran cantidad de recursos humanos y financieros que de otra manera pueden economizarse, aplicando medidas administrativas y fitosanitarios a la importación, exportación, movilización o traslado de envíos en tránsito de productos y subproductos de origen vegetal.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 6 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República; Reglamento para el Otorgamiento de Licencias Sanitarias para el Funcionamiento de Establecimientos, Transporte, Importación y Exportación de Alimentos no Procesados de Origen Vegetal, sus Productos y Subproductos, Acuerdo Gubernativo número 72-2003; 6, 7 y 8 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010.


ACUERDA:


EMITIR LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES APLICABLES A LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN,
MOVILIZACIÓN O TRASLADOS DE PLANTAS, PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS DE ORIGEN
VEGETAL


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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