ACTA MUNICIPAL  06-2019.8

Reglamento De Construcción Del Municipio De Nentón, Departamento De Huehuetenango.


ACTA NÚMERO 06-2019

La Infrascrita Secretaria Municipal del municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango, CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias Concejo Municipal, en uso, en el cual se encuentra el Acta número cero seis guión dos mil diecinueve (06-2019), de fecha seis de febrero del año dos mil diecinueve (06-02-2019); en la cual aparece el punto que copiado en su punto conducente dice:

"OCTAVO: El Concejo Municipal, del municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango; CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Que es el Concejo Municipal el órgano superior de deliberación y de decisión de los Asuntos Municipales, que es competencia del Concejo Municipal la emisión y aprobación de Acuerdos, Reglamentos y ordenanzas Municipales; CONSIDERANDO: Que se hace necesario aprobar un marco reglamentario que fije la modalidad, forma y el valor de las licencias de construcción, modificación y demolición de obras públicas o privadas establecido en el artículo 68 inciso m) del Código Municipal; CONSIDERANDO; Que el artículo 100 del Código Municipal en la literal r) indica el ingreso, sea por la modalidad de rentas de los bienes municipales de uso común o no, por servidumbre onerosa, arrendamiento o tasas, así como el ingreso proveniente de las Licencias de Construcción, modificación o demolición de obras públicas o privadas, dentro de la circunscripción del municipio, y en el artículo 101 del Código Municipal que establece que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio y para realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 260, 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley de Parcelamientos Urbanos, Decreto Legislativo 1427; en cada uno de los artículos que le son inherentes, y facultados en lo que para el efecto establece los artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 40, 42, 68, 100, 101, 142 al 171 del Decreto 12-2002 Código Municipal y sus modificaciones contenidas en el decreto 15-2012 del Congreso de la República, al deliberar y resolver, por unanimidad: ACUERDA: I) Emitir y aprobar el "REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE NENTÓN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO", presentado por la Secretaria del Juzgado de Asuntos Municipales de esta municipalidad II) Certifíquese el presente acuerdo a donde corresponde para los efectos legales consiguientes." Fs.) Ilegibles, de los miembros del Concejo Municipal y Secretaria Municipal, se ven los sellos respectivos.

Y, para remitir a donde corresponde, para los usos legales convenientes, extiendo, sello y firmo la presente. En el municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango, a diecinueve días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.

La Secretaria Municipal certifica que tiene a la vista las firmas ilegibles del Concejo Municipal.

TANIA MILENA EUNICE MARTÍNEZ MÉRIDA
SECRETARIA MUNICIPAL

VO.BO. RUDI GORDILLO VELASCO
ALCALDE MUNICIPAL


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NENTÓN, DEPARTAMENTO DE
HUEHUETENANGO


CONSIDERANDO

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Que es el Concejo Municipal el órgano superior de deliberación y de decisión de los Asuntos Municipales, que es competencia del Concejo Municipal la emisión y aprobación de Acuerdos, Reglamentos y ordenanzas Municipales.


CONSIDERANDO

Que se hace necesario aprobar un marco reglamentario que fije la modalidad, forma y el valor de las licencias de construcción, modificación y demolición de obras públicas o privadas establecido en el artículo 68 inciso m) del Código Municipal.


CONSIDERANDO

Que el artículo 100 del Código Municipal en la literal r) indica el ingreso, sea por la modalidad de rentas de los bienes municipales de uso común o no, por servidumbre onerosa, arrendamiento o tasas, así como el ingreso proveniente de las Licencias de Construcción, modificación o demolición de obras públicas o privadas, dentro de la circunscripción del municipio, y en el artículo 101 del Código Municipal que establece que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio y para realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, deben ajustarse al principio de legalidad que fundamentalmente descansa en la equidad y justicia tributaria.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 260, 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala; Ley de Parcelamientos Urbanos, Decreto Legislativo 1427; en cada uno de los artículos que le son inherentes, y facultados en lo que para el efecto establece los artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 40, 42, 68, 100, 101, 142 al 171 del Decreto 12-2002 Código Municipal y sus modificaciones contenidas en el decreto 15-2012 del Congreso de la República, al deliberar y resolver, por unanimidad:


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE NENTÓN, DEPARTAMENTO DE
HUEHUETENANGO.


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 797 veces.
  • Ficha Técnica: 17 veces.
  • Imagen Digital: 17 veces.
  • Texto: 13 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 4 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu