ACTA MUNICIPAL  79-2019.15

Se Acuerda Establecer Las Tasas Que Los Usuarios Deben Pagar A La Municipalidad Por Los Servicios Que A Continuación Se Detallan.


ACTA NÚMERO 79-2019 PUNTO DÉCIMO QUINTO

El infrascrito Secretario Municipal del Municipio de Salcajá, departamento de Quetzaltenango: CERTIFICA: Que tiene a la vista el libro de Actas de Sesiones del Concejo Municipal número QTZ-212-2019, autorizado por Contraloría General de Cuentas, Quetzaltenango, con fecha doce de abril de dos mil diecinueve, en el que aparece el punto DECIMO QUINTO: del acta número Setenta y Nueve Guión Dos Mil Diecinueve (79-2019), de fecha veinticinco de septiembre de dos mil diecinueve y que copiando su punto conducente preceptúa.

DECIMO QUINTO: El Concejo Municipal CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Código Municipal, las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento, calidad y cobertura de servicios, y así mismo el artículo 100 del mismo Código Municipal establece que: Constituyen ingresos del municipio el producto de los arbitrios, tasas administrativas y servicio municipales. CONSIDERANDO: Que por parte de auditoría interna se recibió el informe de Auditoría de Gestión/Cumplimiento enfocada a las actividades financieras y administrativas de la DAFIM del 01 de enero de 2019 al 30 de junio de 2019, de acuerdo con el Plan de Auditoría 2019. Según CUA 80572-2019, en el cual se recomienda al Concejo Municipal se giren órdenes a la DAFIM para que en conjunto con las unidades que corresponden se trabaje en la actualización del Plan de Recaudación y a la vez se actualice el plan de tasas y arbitrios municipales, además mediante OFICIO-NOTIFICACIÓN-001-S09-DC-0083-2018, de fecha 25 de septiembre de 2,019, remitido por la Contraloría General de Cuentas, se recomendó a este Concejo emitir los acuerdos municipales que aprueben el cobro de todos los servicios municipales. CONSIDERANDO: Que el acuerdo municipal que fue publicado en el Diario de Centro América que regula las tasas que los vecinos pagan actualmente por prestación de los servicios municipales, no contempla algunas tasas cuyo pago surgió posterior a la emisión de dicho acuerdo, en consecuencia resulta necesario emitir nueva disposición que abarque las tasas que surgieron como necesarias posterior a la publicación de dicho acuerdo, a efecto se publiquen en el diario de Centro América como corresponda ya que las mismas son dé observancia general. POR TANTO: El Concejo Municipal en base a lo considerado y con la facultad que le confiere el Articulo 35 incisos a) 72 y 100 del Código Municipal luego de deliberar por mayoría de votos. ACUERDA:

 
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