ACUERDO  1458

Para Los Efectos De Mejor Comprensión Cuando En El Articulado Se Mencione A La Unidad Integral De Adscripción, Acreditación De Derechos Y Despacho De Medicamentos De Pochuta, Chimaltenango, Únicamente Se Citará Como "UIA".


ACUERDO NÚMERO 1458


LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

Que es facultad de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, considerar las propuestas del Gerente y emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada dependencia que brinde los servicios de los programas de cobertura de la Seguridad Social, tomando como base la constante y notable evolución de las necesidades de los afiliados, beneficiarios, jubilados y pensionados; con el objeto de hacer dinámica la atención y las cargas de trabajo conforme a la realidad de cada circunscripción territorial.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Acuerdo Número 1121 de Junta Directiva del 24 de febrero de 2003, se aprobó la extensión de cobertura del Programa de Enfermedad y Maternidad, para distintos departamentos entre ellos Chimaltenango; el municipio de Pochuta es atendido a través de una Unidad Integral de Adscripción, Acreditación de Derechos y Despacho de Medicamentos creada por medio del Acuerdo Número 1122 de Junta Directiva del mismo año; además, en el citado municipio se encuentra funcionando el Hospital del IGSS Pochuta, Chimaltenango que atiende únicamente el riesgo de accidentes y ampara su funcionamiento con el Acuerdo Número 1285 de Junta Directiva del 28 de junio de 2012.


CONSIDERANDO:

Que derivado del cumplimiento de los cambios instruidos para el ejercicio 2018, en la Norma Presupuestaria XXXVI del Acuerdo Número 1413 de Junta Directiva, referente a trasladar al Hospital del IGSS Pochuta, Chimaltenango el recurso humano de la Unidad Integral de Adscripción, Acreditación de Derechos y Despacho de Medicamentos de Pochuta, la Subgerencia de Prestaciones en Salud en pro de optimizar los recursos humanos, financieros, bienes e insumos, consciente que ambas unidades se ubican y funcionan en el mismo local, que poseen claves administrativas, presupuestos y recursos distintos, que duplican esfuerzos en el manejo administrativo, se propone se realice la unificación de claves administrativas, a efecto que en el citado hospital se desarrolle la funcionalidad y los procesos administrativos integrándolos en una sola dependencia médica que brinde los servicios relacionados a los Programas de Enfermedad, Maternidad y Accidentes de forma integral, oportuna, eficiente, eficaz y de calidad.


POR TANTO,

En uso de las facultades legales y de las que específicamente le confiere el Artículo 19, inciso a), del Decreto Número 295 del Congreso de la República de Guatemala "Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social";


ACUERDA:

 
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