ACUERDO GUBERNATIVO  176-2019

Se Acuerda Aprobar La Distribución Analítica De La Ampliación Al Presupuesto General De Ingresos Y Egresos Del Estado Para El Ejercicio Fiscal 2019.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 176-2019 EJERCICIO FISCAL 2019

Guatemala, 4 de septiembre de 2019


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 25-2018, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve, Artículo 100, aprobó que dicho Presupuesto se ampliará hasta en la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE QUETZALES (Q875,000,000), para la ejecución de recursos provenientes de donaciones; préstamos externos en ejecución; la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, la regularización de arrendamientos conforme al Acuerdo Gubernativo Número 905-2002, Reglamento para Regularizar y Otorgar en Arrendamiento Bienes Inmuebles Propiedad del Estado, ingresos propios de las entidades y sus saldos, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo refrendado por dicho Ministerio, la ampliación y distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, solicita ampliar su Presupuesto de Egresos vigente, por la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO QUETZALES (Q44,959,885), para incorporar recursos del Préstamo OPEP-1414P Programa de Desarrollo Rural Sustentable para la Región del Norte (Prodenorte), para el pago de fletes para el transporte de materiales para la elaboración de estufas ahorradoras; el mantenimiento y reparación de caminos rurales, compra de materiales de construcción, en los municipios de los departamentos de Baja y Alta Verapaz, ya que en dichos departamentos las tasas de pobreza son del 89.6% y 72.5%; y, los de pobreza extrema son de 46.7% y 27.3% respectivamente; así como, para facilitar recursos por medio de transferencias de capital, para financiar proyectos de desarrollo agropecuario, de cooperativas y asociaciones sin fines de lucro, de los municipios de los citados departamentos.


CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de lo anterior, es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 436 de fecha 27 AGO 2019 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 248 de fecha 29-08-2019, del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13,17,29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación son autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Artículo 100 del Decreto Número 25-2018 de Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve.

ACUERDA

 
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