ACTA  JD.29.2019.6

Se Acuerda Ratificar El Valor De La Madera En Pie Por Metro Cúbico Expresado En Quetzales, Para Las Diferentes Regiones Forestales Del Instituto Nacional De Bosques, Contenido En La Resolución De Junta Directiva Del INAB Número JD.06.28.2015.


ACTA NÚMERO: JD.29.2019

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES No. JD.29.2019, DE FECHA CINCO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, LA CUAL TRANSCRITA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

"ACTA NÚMERO: JD.29.2019... SEXTO: PUNTOS CENTRALES: 6.1. APROBACIÓN DE LA RATIFICACIÓN DE LOS VALORES DE LA MADERA EN PIE VIGENTES PARA EL PERIODO 2019-2020... Seguidamente, los miembros de Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques, deliberaron el asunto sometido a su conocimiento y emiten la RESOLUCIÓN siguiente:

JD.02.29.2019


CONSIDERANDO

Que el Decreto número 101 -96 del Congreso de la República, Ley Forestal, creó El Instituto Nacional de Bosques, con carácter de entidad estatal, autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa; es el órgano de dirección y autoridad competente del sector Público Agrícola, en materia forestal, y corresponde a la Junta Directiva de INAB, dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución y el cumplimiento de sus fines.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en la Ley Forestal, el INAB publicará anualmente el valor de la madera en pie en el Diario Oficial, que entrarán en vigencia a partir del uno de septiembre de cada año, sin embargo, para el efecto debe realizar los estudios técnicos y económicos mediante los cuales pueda determinar la situación actual de los mismo en el mercado nacional, por acciones, encuestas en línea y análisis estadísticos para definir el número de encuestas a implementar de acuerdo a la calidad de cada uno de los actores dentro del sector forestal. Dichos resultados fueron verificados y validados, para definir los distintos costos en que incurre la actividad forestal desde la gestión de la Licencia de Aprovechamiento forestal, costos operativos de extracción, de transporte, de recuperación de la cobertura forestal, así mismo, se determinó el valor promedio de la madera puesta en aserraderos o industria, en comparación con años anteriores, sustentando la conveniencia de mantener los valor de la madera en pie vigentes a la fecha, por lo que la recomendación del Departamento de Bosques Naturales de la Dirección de Manejo y Conservación de Bosques, contenida en su Dictamen número DMBN-01-2019-OJDELS, es que en este momento no es factible actualizar el valor de la madera en pie y lo conveniente es ratificar la resolución JD punto cero seis punto veintiocho punto dos mil quince (JD.06.28.2015), de fecha doce de agosto de dos mil quince, que contiene los valores de la madera en pie vigentes, para que rijan a partir del 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2020, con esto se estaría fomentando el manejo de los bosques naturales y reduciendo la tala ilegal de los mismos.


POR TANTO

Con base en lo anteriormente considerado y preceptuado en los Artículos: 1, 2, 5, 6, 14 y 87 del Decreto No. 101-96 del Congreso de la República, Ley Forestal; y, 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto No. 119-96 del Congreso de la República, Ley de lo Contencioso Administrativo.


RESUELVE

 
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