ACUERDO MINISTERIAL  260-2019

Procedimiento Para La Efectiva Aplicación Del Convenio 138 De La Organización Internacional Del Trabajo -OIT-, Convenio Sobre La Edad Mínima De Admisión Al Empleo.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 260-2019

Guatemala, 21 de junio de 2019


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República establece: El Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores de edad. Es prohibido ocupar a menores en trabajos incompatibles con su capacidad física, o que pongan en peligro su formación moral.


CONSIDERANDO

Que se encuentra vigente el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la edad mínima de admisión al empleo, ratificado por el Estado de la República de Guatemala, el cual se pretende la abolición efectiva del trabajo de niños, niñas y adolescentes trabajadores y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.


POR TANTO

Con base en lo considerado, normas citadas y para lo que para el efecto preceptúan los artículos: 1, 2, 4, 51, 101, 102 I), de la Constitución Política de República de Guatemala; 27 literal a) y m), y 40 c) de la Ley de Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala;


ACUERDA

Emitir el siguiente:


"Procedimiento para la efectiva aplicación del Convenio 138 de la Organización
Internacional del Trabajo -OIT-, Convenio sobre la edad mínima de admisión al
empleo".

 
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